APRUEBA IEEZ CRITERIOS PARA SUPERVISIӓN DE COMITí‰S MUNICIPALES DE PARTIDOS POLíTICOS

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas aprobó los Criterios Generales para la supervisión de Comités Municipales de los Partidos Polí­ticos en el Estado de Zacatecas, revisión que se llevará a cabo durante los meses de octubre y noviembre, para verificar que los partidos cuenten con un mí­nimo de 30 comités municipales en el estado.

Por lo tanto, se abrogan los Criterios Generales para la verificación de estructuras de los partidos polí­ticos en el Estado de Zacatecas, aprobados por este Consejo General en fecha veinticuatro de septiembre de 2008.

Además, el Consejo General acordó habilitar los dí­as sábados y domingos para el desarrollo de las actividades de supervisión, con el objeto de brindar mayores facilidades a los partidos polí­ticos en las diligencias que se celebren.

En el acuerdo discutido y aprobado por el Consejo General, se establece que la obligación legal que tienen los partidos polí­ticos de conformar y sostener estructuras en cuando menos 30 municipios del Estado, tiene como fin que éstos cuenten con representatividad en la entidad; además de propiciar el pluralismo polí­tico y la participación de la ciudadaní­a, elementos de todo estado constitucional democrático, tal y como lo establecen los artí­culos 35, fracción III y 41, fracción I de la Constitución Polí­tica de los Estados Unidos Mexicanos; así­ como el artí­culo 47, numeral 1, fracción XI de la Ley Electoral del Estado de Zacatecas.

Los Criterios tienen como objeto establecer el procedimiento de supervisión de los Comités municipales o instancias equivalentes de los partidos polí­ticos en la entidad, en términos de los previsto en los artí­culos 47, fracción XI de la Ley Electoral del Estado de Zacatecas y 41, fracción X de la Ley Orgánica del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas.

Para este trabajo, los partidos polí­ticos acreditados en el estado, deberán remitir al Instituto Electoral a más tardar en el mes de agosto de cada año, con excepción del año inmediato anterior al del proceso electoral, la actualización de sus estructuras municipales, a efecto de que la autoridad administrativa electoral cuente con la información indispensable para llevar a cabo el procedimiento de supervisión.

Por otra parte, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas aprobó los Estados de Situación Financiera, Estados de Ingresos y Egresos y Estados del Ejercicio Presupuestal del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, de los meses de mayo y junio del ejercicio fiscal 2011.

Los informes financieros que aprobados por el Consejo General se integran por: I. Estados de Situación Financiera; II. Estados de Ingresos y Egresos; III. Estados del Ejercicio Presupuestal de los meses de mayo y junio del ejercicio fiscal 2011.

Por tanto, los informes financieros que se remiten a la Legislatura del Estado y a la Secretaria de Finanzas, cumplen con las caracterí­sticas que estatuye el artí­culo 16 en su numeral 3 de la Ley Orgánica del Instituto Electoral.

Durante el desarrollo de la Sesión Extraordinaria, Juan José Nájera Cruz rindió protesta como representante suplente del Partido Verde Ecologista de México ante el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas.

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