FIRMA IEEZ CONVENIO CON LA JUNTA DE PROTECCIÓN DE MONUMENTOS Y ZONAS TÍPICAS DE ZACATECAS

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Zacatecas, Zac.-Con la representación del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, la Dra. Leticia Catalina Soto Acosta, Consejera Presidenta, firmó  el Convenio de Colaboración con la Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado de Zacatecas, sobre la vigilancia, retiro y cubrimiento de la propaganda política o electoral colocada en monumentos y zonas protegidas en el Estado.

El acto protocolario para la firma del Convenio se llevó a cabo en la Sala de Sesiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, en la cual estuvo presente el Ing. Rafael Sánchez Preza, Presidente de la Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado de Zacatecas, y el Lic. Humberto Ávila Márquez, Vocal de la Junta.

Asimismo, asistieron las Consejeras y Consejeros Electorales Adelaida Ávalos Acosta, Sonia Delgado Santamaría,  Luis Gilberto Padilla Bernal, Ricardo Hernández León y Samuel Delgado Díaz; el Secretario Ejecutivo, Juan Osiris Santoyo de la Rosa, así como las directoras y directores integrantes de la Junta Ejecutiva del Instituto Electoral.

El Convenio  de Colaboración con la Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado de Zacatecas, tiene por objeto establecer las bases de coordinación con la Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado de Zacatecas, a efecto de que no se coloque, fije o pinte propaganda política o electoral en los monumentos y en las zonas protegidas en el Estado, durante el proceso electoral 2013.

En este Convenio se establece que los polígonos protegidos son el conjunto de lugares declarados como zonas típicas de la entidad, así como las zonas de transición y las colindantes a éstas, dentro de los cuales no se podrá colocar, fijar o pintar propaganda político-electoral.

El Ing. Rafael Sánchez Preza, Presidente de la Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado de Zacatecas explicó que las ciudades que conforman este grupo de lugares declarados como zonas típicas son: Sombrerete, Pinos, Jerez, Nochistlán, Teul de González Ortega, Villanueva, Guadalupe y Zacatecas. De igual manera, se incluye la zona protegida que conforma el Camino Real de Tierra Adentro.

En dicho Convenio se establece que el Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, por conducto de sus Consejos Distritales y Municipales Electorales, realizará recorridos periódicos en los polígonos protegidos por la Ley de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado de Zacatecas y los Reglamentos de Imagen Urbana de cada Municipio declarado como zona típica en la entidad, a efecto de vigilar que en dichos lugares no se coloque, fije o pinte propaganda política o electoral. En caso de que exista propaganda política o electoral lo informará a la Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado de Zacatecas, para que en el ámbito de su competencia, proceda a su retiro.

Además, el Instituto Electoral, cuando tenga conocimiento de la existencia de propaganda política o electoral, en los inmuebles considerados como monumentos en la entidad, con independencia del procedimiento administrativo sancionador electoral que se instaure; por el medio más expedito notificará a la Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado de Zacatecas, para que de conformidad con las facultades que le otorga la normatividad invocada, proceda a su inmediato retiro o cubrimiento.

Una vez que la Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado de Zacatecas, realice el retiro o cubrimiento de la propaganda política o electoral existente, lo informará al Instituto Electoral y le remitirá las constancias legales de las diligencias efectuadas, a fin de que en su oportunidad constituyan medios probatorios en el respectivo procedimiento administrativo sancionador electoral.

La Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado de Zacatecas, al tener conocimiento de la existencia de propaganda política o electoral en los polígonos protegidos y en los monumentos; en uso de las atribuciones que le confiere la Ley de Protección de Monumentos y Zonas Típicas del Estado de Zacatecas y los Reglamentos de imagen urbana de cada Municipio que haya sido declarado como zona típica, procederá a realizar el retiro correspondiente y podrá imponer las sanciones respectivas. Lo anterior, lo hará del conocimiento del Instituto Electoral.

En el supuesto de que se coloque, fije o pinte propaganda política o electoral apócrifa en los monumentos o en las zonas protegidas; esto es, propaganda que no contenga el emblema de quien la haya hecho circular, la Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado de Zacatecas procederá a su inmediato retiro o cubrimiento.

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