RECIBE IEEZ 450 SOLICITUDES DE ASPIRANTES A OBSERVADORES ELECTORALES

IEEZZ

El Instituto Electoral del Estado de Zacatecas recibió 450 solicitudes de ciudadanas y ciudadanos, así como de 4 Asociaciones Civiles, para participar como Observadores Electorales en el Proceso Electoral 2013. A través de la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral y Partidos Políticos se les imparte un curso de capacitación.

A los asistentes a este Curso se les informó que de acuerdo con el último corte de la lista nominal de electores, se instalarían 1 mil 874 casillas básicas, 629 contiguas, 18 especiales y 40 extraordinarias, para un total de 2 mil 561 casillas en todo el Estado de Zacatecas.

En el curso de información se dio a conocer que el proceso electoral del Estado de Zacatecas es el conjunto de actos realizados por las autoridades electorales, los partidos políticos y los ciudadanos, ordenados por la Constitución y la Ley, que tiene por objeto la renovación periódica de los integrantes de los Poderes Legislativo y Ejecutivo, así como de los miembros de los Ayuntamientos del Estado.

Los asistentes al curso de información para Observadoras y Observadores Electorales también conocieron la Geografía Electoral del Estado de Zacatecas, en donde se incluye la integración de cada uno de los 18 distritos electorales.

El Director Ejecutivo de Organización Electoral y Partidos Políticos, Lic. Jesús Frausto Sánchez, explicó que la casilla es el lugar donde los ciudadanos acudimos a

votar; para cada casilla habrá una Mesa Directiva formada por ciudadanos que se encargarán de recibir y contar los votos.

Precisó además que existen diferentes tipos de casilla, las cuales se clasifican de la siguiente manera: Básica: Es aquella que se instala para recibir la votación de los electores en cada sección electoral. En nuestro estado se instalarán 1,874 casillas básicas.

También existe la Casilla Contigua: Esta se instala cuando el número de ciudadanos de una sección es mayor de 750 electores, se instalarán tantas casillas como resulte dividir alfabéticamente el número de ciudadanos inscritos en la lista nominal entre 750. La primera casilla será básica y las subsecuentes las contiguas. En este proceso electoral se instalarán 629 casillas Contiguas.

La Casilla Extraordinaria: Se instala cuando las condiciones geográficas de una sección hagan difícil que todos los electores puedan llegar a un mismo sitio a votar. En la Jornada Electoral del 7 de julio de 2013 se instalarán 40 casillas extraordinarias.

Así como la Casilla Especial: Se instala para recibir los votos de los electores que temporalmente se encuentran fuera de la sección que corresponde a su domicilio. Se instalarán 18 casillas especiales que corresponden a los dieciocho Distritos Electorales que integran el Estado.

Respecto de las y los observadores electorales, dijo que es derecho exclusivo de los ciudadanos mexicanos participar como observadores de los actos de preparación y desarrollo del proceso electoral, así como de los que se lleven a cabo el día de la jornada electoral, en la forma y términos en que determine el Consejo General del Instituto para cada proceso electoral.

Mencionó que el observador y observadora electoral son quienes contribuyen a consolidar la confianza de la ciudadanía, observando que en el desarrollo del proceso electoral se apliquen los principios de certeza, legalidad, equidad, independencia, imparcialidad y objetividad.

Las actividades de las y los observadores electorales se pueden realizar en uno o varios distritos, en uno o varios municipios del estado, por lo que desde el momento de su solicitud, deberán informar a las autoridades electorales el ámbito territorial donde se desempeñarán, y podrán ser entre otras: observar el desarrollo de las sesiones ordinarias y extraordinarias de los respectivos consejos electorales.

Además de observar la instalación de casillas; el desarrollo de la votación; el escrutinio y cómputo de la votación en las casillas; la fijación de los resultados en los consejos distritales y municipales; la clausura de casillas; la recepción de escritos de incidentes y protesta; la lectura en voz alta de los resultados en los consejos distritales y municipales; y deberá llevar consigo su acreditación oficial y su gafete de identificación.

Los observadores y observadoras electorales que hayan acreditado para el proceso electoral, se abstendrán de: sustituir a las autoridades electorales en el ejercicio de sus funciones, hacer presión sobre las mismas para inducirlas a modificar su criterio o su actuación, y obstaculizar o interferir por cualquier medio el desempeño de sus atribuciones.

De igual manera, tienen prohibido hacer proselitismo de cualquier tipo o manifestarse en favor de un partido o coalición, fórmula, planilla o un candidato; externar de palabra o por cualquier otro medio, expresiones que ofendan, difamen o calumnien a las instituciones, las autoridades electorales, los partidos políticos, coalición o los candidatos; y declarar en forma verbal, escrita o por cualquier otro medio, por sí o por interpósita persona, el triunfo de un partido, coalición, fórmula, planilla o candidato.

Las organizaciones a las que pertenezcan los observadores y observadoras electorales, a más tardar veinte días antes de la jornada electoral, deberán declarar el origen, monto y aplicación del financiamiento que obtengan para el desarrollo de sus actividades relacionadas directamente con la observación electoral que realicen, mediante el informe que presenten al consejo general del instituto. El incumplimiento a esta disposición dará lugar a la imposición de las sanciones previstas en la ley electoral del estado de Zacatecas.

Concluida la jornada electoral, los observadores y observadoras electorales deberán presentar ante el consejo general del instituto, en los plazos que éste determine (8 días después de concluida la jornada electoral), un informe de sus actividades, así como sus opiniones, juicios o conclusiones respecto de lo que hubieren observado.

*

*

Top