SANCIONA IEEZ AL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

2H6R9369

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, al emitir la resolución en el Procedimiento Administrativo Sancionador Electoral Especial PAS-IEEZ-SE-ES-032/2013-II, impuso al Partido Revolucionario Institucional una sanción de 69 mil 973.20 pesos, y al C. Carlos Aurelio Peña Badillo por 15 mil 038 pesos, por existencia de propaganda electoral en el transporte público en Zacatecas, denuncia presentada por el Partido del Trabajo y Partido Nueva Alianza.

Durante el desarrollo de la Sesión Extraordinaria, el Consejo General declaró infundada la denuncia interpuesta por la Lic. Verónica González Nava y Lic. Juan José Enciso Alba, representantes propietarios del Partido Nueva Alianza y del Partido del Trabajo ante el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, en contra del C. Roberto Luévano Ruíz, otrora candidato a Presidente Municipal de Guadalupe, Zacatecas, postulado por el Partido Revolucionario Institucional, por la infracción a los artículos 140, numeral 3, fracción V de la Ley Electoral del Estado de Zacatecas y 13, fracción V del Reglamento que regula la Propaganda Política Electoral y Gubernamental.

Además, el Consejo General declaró fundada la denuncia interpuesta en contra del Partido Revolucionario Institucional y del C. Calos Aurelio Peña Badillo, otrora candidato a Presidente Municipal de Zacatecas, por ese instituto político, por la infracción a los artículos 140, numeral 3, fracción V de la Ley Electoral del Estado de Zacatecas y 13, fracción V del Reglamento que regula la Propaganda Política Electoral y Gubernamental.

Por lo tanto, se le impone al Partido Revolucionario Institucional una sanción que se hace consistir en una multa equivalente a 1 mil 140 cuotas de salario mínimo general vigente en el Estado de Zacatecas para el ejercicio fiscal de 2013, a razón de 61.38 pesos, que asciende a la cantidad de 69 mil 973.20 pesos, por la omisión de cumplir con su obligación de garante, ya que aceptó y toleró la existencia de propaganda electoral de ese partido político y del C. Carlos Aurelio Peña Badillo, otrora candidato a Presidente Municipal de Zacatecas, en los vehículos de transporte público con concesión estatal que brindan el servicio de taxi.

Los vehículos en los cuales se colocó propaganda electoral portaban los  números económicos: 2, 12 y 23 con placas de circulación 96-20-ZFB, 66-26-ZFB y 63-30-ZFB, respectivamente, que circulan en Guadalupe, Zacatecas y 150 con placas de circulación 96-68-ZFB; 178; 250 con placas de circulación 84-68-ZFB; 252; 286; 396 con placas de circulación 83-44-ZFB; 397 y 398 que circulan en Zacatecas, Zacatecas,

Lo anterior, en contravención a lo dispuesto por los artículos 51, numeral 1, fracción I; 140, numeral 3, fracción V y 265, numerales 1 y 2, fracciones I y XV de la Ley Electoral del Estado de Zacatecas, y 13, numeral 1, fracción V del Reglamento que regula la Propaganda Política o Electoral y Gubernamental.

De la misma manera, el Consejo General determinó imponer al C. Carlos Aurelio Peña Badillo, otrora candidato a Presidente Municipal del Zacatecas, por el Partido Revolucionario Institucional una multa equivalente a 245 cuotas de salario mínimo general vigente en el Estado de Zacatecas para el ejercicio fiscal de 2013, a razón de 61.38 pesos que asciende a la cantidad de 15 mil 038.10 pesos.

Esta multa es por la existencia de propaganda electoral en los vehículos del transporte público con concesión estatal que brindan el servicio de taxi, que contienen los colores verde, blanco y rojo; el slogan: “viene lo Mejor para Zacatecas” y la leyenda: “SEGURO VOTAMOS”, que guarda estrecha identidad con la frase: “VOTA A LO SEGURO”; colores, slogan y frase contenidos en la propaganda electoral que el C. Carlos Aurelio Peña Badillo utilizó en su campaña electoral mediante la cual promocionó su candidatura.

El Consejo General instruyó a la Dirección Ejecutiva de Administración y Prerrogativas del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, a efecto de que una vez que quede firme la presente resolución, realice las acciones necesarias para su cumplimiento y, en su oportunidad, informe de su acatamiento.

Antes de concluir la Sesión Extraordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas reconoció la labor desempeñada por el Director Ejecutivo de Capacitación Electoral y Cultura Cívica con Perspectiva de Género, Lic. Jesús Gaytán Rivas, quien  culminó los trámites para su jubilación. Durante 18 años prestó sus servicios, primero en la Comisión Electoral del Estado, y posteriormente en el Instituto Electoral.

2H6R9399

*

*

Top