A 60 AÑOS DEL DERECHO AL VOTO DE LAS MUJERES

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Julieta Contreras Hernández*

El siglo XXI es testigo de nuevos episodios protagonizados por las mujeres en torno a un derecho fundamental en toda sociedad democrática: la ciudadanía plena.

El 17 de octubre de 1953 se reconoció el derecho al sufragio de las mujeres quienes dejaron en claro que  el derecho al voto no fue una concesión gubernamental, sino una conquista duramente ganada por las propias mujeres  en una acción colectiva en la que participaron sucesivas generaciones de mujeres desde las postrimerías del siglo XIX hasta la mitad del siglo XX.

A 60 años del reconocimiento del derecho de las mujeres a votar y ser electas, las nuevas generaciones gozamos de mayor socialización política, nuestra participación es más visible en espacios de representación y ejercicio de poder. Ahora las mujeres no sólo representamos un significativo porcentaje en la lista nominal de electores, también en organizaciones cívico-políticas, en procesos electorales y en los poderes del Estado.

Es indudable que transitar de la universalidad del sufragio al goce y ejercicio de la ciudadanía de las mujeres ha implicado mucho tiempo y es, todavía, una asignatura por completar.

El ejercicio de la ciudadanía tiene un contenido mucho más amplio que el derecho a votar y ser votado. Implica un espectro participativo de corresponsabilidad en el cumplimiento de la misión y el buen funcionar de las instituciones democráticas.

La participación política de las mujeres ha seguido un proceso gradual, distinto en tiempo y en forma al de los varones, con respecto a los derechos sociales y políticos de ambos sexos.

El reconocimiento jurídico de los derechos políticos de las mujeres mexicanas constituye un arduo proceso que ha formado parte de la propia construcción del Estado nacional. Con el derecho al sufragio de las mujeres en el ámbito federal se dio un paso firme en el reconocimiento pleno de la ciudadanía de las mujeres, la cual requiere como requisito básico la igualdad formal de derechos y obligaciones entre mujeres y hombres.

Aún y cuando las mujeres podemos votar y ser elegibles para todos los cargos de elección popular; participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en su ejecución; ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en instituciones gubernamentales, así como participar en organizaciones y asociaciones no gubernamentales que se ocupen de la vida pública y políticas del país, existen  múltiples barreras y obstáculos en el acceso y permanencia de las mujeres en los espacios ejecutivos de poder, adopción de decisiones y cargos de representación política.

La igualdad de género no solo implica la observancia en el incremento de mujeres en cargos de elección popular, sino que va más allá al apelar a la eliminación de la exclusión social por razón de género, al reparto equilibrado de derechos, responsabilidades y estructuras de poder entre mujeres y hombres, tendiente a la eliminación en definitiva de toda forma de discriminación hacia las mujeres.

En la concreción de este proceso es necesario llevar adelante una serie de medidas, incluyendo políticas públicas, reformas legislativas y asignaciones presupuestarias, para garantizar la plena participación de las mujeres en cargos públicos y de representación política, buscando alcanzar la igualdad en la institucionalidad estatal (poderes ejecutivo, legislativo, judicial y órganos autónomos) en los ámbitos nacional y local.

*Jefe de Oficina, Seguimiento y Análisis

de la 03 Junta Distrital Ejecutiva del IFE en Zacatecas

 

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