Podría gobierno federal confiscar empresas de comunicación

El gobierno federal podría confiscar empresas de comunicación cuando considere que este sector pone en riesgo o peligro inminente la seguridad nacional, la paz interior o la economía del país.

Según un reporte del portal 24horas estos supuestos están previstos en la iniciativa de Leyes Secundarias en Telecomunicaciones enviadas por el Ejecutivo Federal al Senado de la República y que se aprobarán en los próximos días.

El documento enviado a los senadores refiere que “en caso de desastre natural, de guerra, de grave alteración del orden público, o cuando se prevea algún peligro inminente para la seguridad nacional, la paz interior del país, la economía nacional o para pagar la continuidad en la prestación de los servicios públicos a que se refiere esta Ley, el Ejecutivo a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, podrá hacer la requisa de las vías generales de comunicación, así como de los bienes muebles e inmuebles y derechos necesarios para operar dichas vías y disponer de todo aquello como lo juzgue conveniente”.

Asimismo, la propuesta de leyes secundarias considera que el Ejecutivo podrá también utilizar al personal que estuviere al servicio de la vía requisada cuando lo considere necesario y que “la requisa se mantendrá mientras subsistan las condiciones que la motivaron”, según el artículo 117 de la Ley del Sistema Público de Radiodifusión de México.

También señala que “Para la utilización de las vías, bienes y derechos objeto de la requisa, se designará un administrador, quien contará con las más amplias facultades para cumplir con los fines de la requisada”.

El artículo 117 aclara además que el Ejecutivo federal, salvo en el caso de guerra, indemnizará a los interesados pagando los daños y perjuicios causados por la requisas. “Si no hubiere acuerdo sobre el monto de la indemnización, los daños se fijarán por peritos nombrados por ambas partes y en el caso de los perjuicios, se tomará como base el promedio del ingreso neto en el año anterior a la requisa”, dice.

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