No se pueden condicionar los servicios educativos: DMA

“Con la finalidad de evitar abusos en las escuelas, se estableció en el artículo 6º de la Ley General de Educación, prohibir el pago de cualquier contraprestación que impida o condicione tanto el acceso como la permanencia de los educandos; sin embargo, el mismo artículo referido abre la posibilidad a las escuelas de recibir,  solicitar cuotas voluntarias o donaciones, situación que puede ser aprovechada para seguir condicionando los servicios educativos, por eso surge la necesidad de modificar la norma secundaria en materia de educación, para cerrar la puerta a cualquier tipo de condicionamiento de los servicios educativos”, arguyó David Monreal Ávila, senador de la República.

Puntualizó que este tipo de prácticas, además de ser inconstitucionales, pone en riesgo el acceso a la educación. En este sentido, resulta contradictoria que la misma norma prohíba que el pago de una contraprestación a cambio de los servicios educativos, pero por otro lado permita recibir cuotas voluntarias, las cuales, no podrán condicionar, ni podrán ser entendidas como pago de dichos servicios, pero que en la práctica pueden ser utilizadas como medios de coerción para obtener recursos por parte de las escuelas públicas.

Valiéndose de eso las escuelas oficiales, podrán seguir solicitando “cuotas voluntarias” que no son otra cosa más que el pago por los servicios recibidos, pero autorizados y validados por las mismas autoridades, y con ello se violenta el derecho a recibir educación gratuita, y se impide el desarrollo de todas las facultades de las personas.

Derivado de lo anterior, surge la necesidad de modificar la norma secundaria en materia de educación, para cerrar la puerta a cualquier tipo de condicionamiento de los servicios educativos, y con ello garantizar el pleno derecho a la educación, y asimismo reforzar la obligación del Estado a cumplir lo establecido en la Constitución Federal en cuanto que en México la educación que imparta el Estado será gratuita.

Por lo tanto, la propuesta de la presente iniciativa, es modificar el artículo 6º de la Ley General de Educación a fin de que establezca explícitamente la prohibición tanto de solicitar pagos o cuotas voluntarias por parte de las escuelas. Con ello se estaría avanzando para garantizar el pleno respeto del derecho a la educación.

Es necesario quitar la ambigüedad de la ley, establecer claramente que la educación en México no está sujeta a pago o cuotas voluntarias, y con ello cumplir con el establecido en la Constitución Federal, así como en los tratados internacionales de los que México forma parte, y garantizar que la educación pública de hecho y de derecho es gratuita.

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