La fatalidad del tiempo. Tiene que ser mayo.

Matias Chiquito1Matías Chiquito Diaz de León*

He comentado en este espacio sobre la reforma constitucional en materia político-electoral publicada el pasado 10 de febrero. Es el marco jurídico que da vida a un sistema nacional electoral que pretende generalizar la calidad de las elecciones federales, estatales y municipales, con el sólo propósito de que los procesos electorales se organicen y se desarrollen con estándares aceptables de legalidad, transparencia, certeza y confiabilidad.

Como eje modulador del sistema electoral se ha puesto al Instituto Nacional Electoral con atribuciones asignadas desde el marco constitucional que le permitirán, además de administrar las elecciones federales, desempeñarse como rector de las actividades sustantivas de los procesos electorales locales. Esto es así, ya que proporcionará el padrón electoral y administrará los espacios de los partidos políticos en radio y televisión; asimismo, será regulador de las actividades concernientes a la capacitación electoral, la ubicación de casillas y la integración de las mesas directivas. Como se ha dicho, el marco constitucional está dado, ahora para que el sistema electoral funcione de manera integral requiere, en lo inmediato, de las leyes reglamentarias que materialicen las aspiraciones plasmadas en nuestra carta magna.

La reforma político-electoral depende de las lóbregas discusiones y negociaciones que deban desahogarse en las cámaras del Congreso federal. El decreto mediante el cual se publicó la reforma en comento estableció en su artículo Segundo transitorio los contenidos de las leyes secundarias aludidas y marcó los tiempos al legislador ordinario para la aprobación de las mismas.

Así, conforme al segundo transitorio de la reforma, a más tardar el 30 de abril de 2014 el Congreso de la Unión debió aprobar al menos tres leyes generales: una que regule a los partidos políticos, otra relativa a los procesos electorales y una sobre delitos electorales. Sin fumarolas fue la espera hasta la madrugada del primero de mayo. Pasó el 30 de abril y las leyes generales, reglamentarias de la reforma electoral, no se aprobaron.

¿Qué viene ahora? El INE ya está en funciones, ejerciendo las atribuciones que las leyes vigentes le conferían a su antecesor, el Instituto Federal Electoral; no obstante, para que el sistema electoral nacional se cristalice y funcione adecuadamente sí son necesarias las leyes reglamentarias. Afortunadamente, aún hay tiempo para su aprobación y publicación. En efecto, si no se aprobaron en abril, podrán publicarse para mayo, en junio tal vez. Esperamos que así sea.

Al efecto, recordemos que el párrafo penúltimo del inciso g), de la fracción II, del artículo 105 de la Constitución, dicta “Las leyes electorales federal y locales deberán promulgarse y publicarse por lo menos noventa días antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse…” luego entonces, si el 30 de abril vino a ser sólo transitorio para el Congreso, las disposiciones aludidas son de aplicación fatal, las leyes o reformas que se emitan fuera del plazo de noventa día previos al inicio del

proceso electoral federal o local, no serán aplicables para la elección cuyo proceso esté en marcha.

De esta manera, si la aprobación de las leyes generales no fue en abril, tendrá que ser en mayo, hasta junio eventualmente, ya que el plazo de noventa días depende de la fecha en que inicie el proceso electoral. Según el código electoral vigente el proceso inicia en la primera semana de octubre, sin embargo, considerando que en 2015 las jornada electoral será el primer domingo de junio (antes era en julio) podría adelantarse a septiembre el arranque del proceso electoral. Luego entonces, dependiendo de la fecha que sea definida como inicio del proceso comicial, octubre o septiembre, el plazo de noventa días se cumplirá a finales del mes de mayo o a finales del mes de junio.

Al final de cuentas, si no fue en abril, aún si no se diera en mayo o junio, las elecciones de 2015 estarán reguladas por el código electoral vigente, mejor conocido como COFIPE. Sí se tiene un marco regulatorio, pero no está del todo acorde a la nuevas disposiciones constitucionales, lo que abre la posibilidad a un periodo de complejo litigio. Finalmente, lo único cierto es que, con reforma o no, el 7 de junio de 2015 habrá elecciones.

Delegado del INE en el Estado de México

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