SEP reporta inscripción a educación básica de más de 300,000 niñas y niños, de origen extranjero

Durante el ciclo escolar 2013-2014, de acuerdo con datos proporcionados por el Registro Nacional de Alumnos y el Registro Oficial de Documentos Académicos y de Certificación1, en el país habían 307,125 niñas y niños de origen extranjero inscritos en educación básica, de ellos, 289,727 nacieron en Estados Unidos. En algunos casos, su inscripción estuvo condicionada por no contar con un acta de nacimiento apostillada y traducida por perito traductor.

De acuerdo con los requisitos de la Secretaría de Educación Pública (SEP), en su norma  31  de  las  Normas  de  Control  Escolar  Relativas  a  la  Inscripción, Reinscripción,  Acreditación,  Regularización  y  Certificación  en  la  Educación Básica2,  para  que  una  niña  o  niño  de  origen  extranjero  pueda  inscribirse  de manera formal a la educación básica necesita presentar copia certificada de su acta de nacimiento o documento legal equivalente, es decir, presentar su acta de nacimiento apostillada.

Sin embargo, los altos costos, la falta de información, o las circunstancias que rodearon la llegada o retorno de niñas y niños a México, hacen de este requisito, uno de los principales obstáculos para formalizar su ingreso al sistema educativo en nuestro país.  El ingreso de forma “temporal”, en tanto la madre y/o el padre no presente el documento certificado, impide que niñas y niños obtengan  una boleta de calificaciones o certificado de primaria o secundaria, repercutiendo en la continuidad de su formación académica.

Esta  situación  le  es  familiar  a  Fernanda.  Nació  en  Illinois,  Estados  Unidos.  Tiene  11  años  de  edad    y  vive  en México. Ha concluido el 6to. año de primaria, pero como no cuenta con un acta de nacimiento apostillada, no pudo obtener su certificado y su inscripción a la secundaría se vio truncada.

El acceso a servicios públicos para la población extranjera y la población mexicana de retorno es un fenómeno creciente  debido  a  las  más  de  275,000  deportaciones  anuales  de  Estados  Unidos,  de  personas  mexicanas, durante  los  últimos  6  años,  así  como  el  número  de  mexicanas  y  mexicanos  que  están  regresando  de  forma voluntaria. Para promover la integración, la re-integración y el derecho que tienen las niñas y niños de vivir entre los dos países, es fundamental flexibilizar los requisitos para el pleno acceso a servicios de educación, salud e inscripción en los registros civiles para obtener la doble nacionalidad.

Algunas recomendaciones incluyen:

1.  La Secretaría de Relaciones Exteriores debe intensificar campañas de inscripción de todas las niñas y  niños  nacidos  en  Estados  Unidos,  de  madres  y/o  padres  mexicanos,    a  través  de  su  sistema

consular.

2.  La  Secretaría  de  Educación  Pública  debe  flexibilizar  los  requisitos  para  el  pleno  acceso  a  la  educación  para  todas  las  niñas  y  los  niños  del  país,  independientemente  de  su  nacionalidad  y situación migratoria, conforme a lo establecido en la Constitución Mexicana y la Ley de Migración.

Una opción es la dispensa de la apostilla.

3.  La Secretaría de Gobernación debe flexibilizar los requisitos para la inscripción de la nacionalidad mexicana y/o realizar campañas para que las más de 520,000 niñas y niños de origen extranjero viviendo en el país, de madres y/o padres mexicanos, puedan acreditar su nacionalidad mexicana (doble nacionalidad).

4.  Los  Congresos  estatales  de  las  32  entidades  federativas  del  país,  deben  homologar  sus  Códigos Civiles con la Ley de Migración para garantizar el acceso a la identidad para cualquier niña o niño nacido en el país, independientemente de la nacionalidad o situación migratoria de la madre o el padre.

5.  La  Secretaría  de  Gobernación,  a  través  de  la  Unidad  de  Política  Migratoria,  debe  promover  el cumplimiento de las líneas de acción del Programa Especial de Migración relacionadas con el pleno acceso a la identidad y la educación para la población migrante.

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