El voto que se cuenta ¿cuenta? Su peso efectivo.

Matías Chiquito Díaz de León

Delegado del INE en el Estado de México

Aún cuando el sistema político mexicano se reconoce democrático desde la entrada en vigor de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, promulgada en febrero de 1857, los estudiosos y conocedores del régimen mexicano coinciden en que el proceso de apertura democrática se inicia hasta después del movimiento estudiantil de 1968, principalmente, con la reforma político-electoral promulgada en diciembre de 1977. Dicha apertura se configuró a partir del reconocimiento a nivel constitucional de los partidos políticos (sin distingo de ideologías) como entidades de interés público y, de forma concomitante, la inclusión de diputados de representación proporcional en el Congreso de la Unión y, posteriormente, en las legislaturas de los estados. La reforma político-electoral de 1977 permitió en -relativamente- poco tiempo la competitividad en las elecciones, la formación de un efectivo sistema de partidos, la pluralidad en las cámaras del poder legislativo y la posibilidad efectiva de alternancia en el poder ejecutivo federal y de las entidades del país. Uno de los elementos que aporta mayor virtud democrática al sistema político-electoral mexicano es propiamente la fórmula de representación proporcional. Este mecanismo de elección ha permitido que la totalidad de los votos emitidos por los electores verdaderamente se cuenten y tengan un peso efectivo en la integración de los poderes del Estado. Es decir, gracias a la representación proporcional el voto además de que se cuenta, sí cuenta efectivamente. Aún para los escépticos y detractores de los llamados pluris, a riesgo de ser enjuiciado como ignorante electoral, en las siguientes líneas explicaré brevemente de qué estamos hablando.

Actualmente la cámara de diputados del Congreso de la Unión se integra con 500 legisladores, de los cuales 300 son votados directamente en igual número de distritos electorales uninominales, son uninominales porque en cada distrito se elige sólo un diputado y gana quien tiene la mayoría de votos; otros 200 diputados más resultan electos en 5 demarcaciones geografías en que se divide el país denominadas circunscripciones electorales plurinominales, en cada una se eligen 40 diputados, son estos grandes distritos electoralmente plurales lo que ha motivado la denominación de plurinominal (diputados pluris). En cada circunscripción se asigna a cada partido político el número de diputados que corresponde al porcentaje de la votación que obtuvo en la elección, a igual porcentaje de votos corresponde igual porcentaje de diputados. Como se podrá apreciar, se aplican dos fórmulas de elección: una de mayoría, donde el que obtiene más votos en su distrito gana la elección; y una fórmula denominada de representación proporcional, donde, como se ha dicho, en proporción directa al porcentaje de votos de cada partido se le asigna una proporción de diputados de los 200 denominados plurinominales.

Ahora veamos cual de las dos fórmulas es más democrática y refleja con mayor precisión la voluntad del voto emitido por el ciudadano elector. El sistema de mayoría, sea relativa o absoluta, permite que un partido pueda tener un porcentaje mayor de diputados con relación al porcentaje de votos obtenidos. Proyectémonos

al extremo posible, si en México solamente se aplicara la fórmula de mayoría relativa y tuviéramos una cámara de diputados con 400 legisladores, un partido que obtiene el 35% de la votación nacional podría ganar, por ejemplo, 300 de los 400 distritos electorales y tendría el 75% del total de la cámara, obtendría así una mayoría artificial otorgada por el sistema electoral, no por los electores; es el efecto denominado sobre-representación política, que se traduce en una notoria devaluación de los votos que fueron emitidos para los partidos políticos que no lograron mayoría en los distritos uninominales. En un caso como este, amigo elector, su voto sí se cuenta pero no cuenta, su voluntad representa poco o nada en la integración del poder político, ya que el 35% de los votos se convierten en 300 diputados, mientras que el restante 65% de los votos se convertiría en tan solo 100 diputados; luego entonces, el voto sí se cuenta, pero no tiene el mismo peso para efectos de integrar los poderes del Estado.

Caso distinto ocurre con la aplicación de las fórmulas de representación proporcional, donde, como se ha dicho, a igual porcentaje de votos, igual porcentaje de diputados. En el mismo ejemplo, si en México tenemos una cámara legislativa que se integra con 400 diputados, un partido político que obtiene el 35% de los votos tendrá exactamente el 35% de legisladores en la cámara respectiva, es decir, esa votación le permitirá contar con 140 diputados de los 400 que integran la cámara; el restante 65% de los votos se traducirá en 260 diputados, equivalente directo al 65% del total de integrantes de la citada cámara. Como se podrá observar, en este esquema también muy posible, el voto se cuenta y también cuenta de manera efectiva para la integración del poder político.

Desde luego, no se puede ser ajeno a los desvíos que permite un sistema de representación proporcional (con diputados plurinominales) si no se le ponen mecanismos de control adecuados. Hasta ahora, el sistema electoral mexicano otorga un control total a las cúpulas partidistas para definir las candidaturas, los partidos políticos determinan de manera absoluta el lugar que ocupa cada candidato en las listas registradas en cada una de las 5 circunscripciones. El ciudadano solo vota. No obstante, estamos muy cerca de lograr las virtudes democráticas del sistema de representación proporcional, basta con otorgar al ciudadano electoral la posibilidad de votar por el partido de su interés y por el candidato de su preferencia. Voto por partido con elección de preferencia del mejor candidato. Tan simple como votar por partido y por el candidato de su preferencia.

Para concluir. Debe dejarse claro que los sistemas electorales democráticos deben asegurar una representación política efectiva, donde el voto de los electores se cuente y cuente en igualdad de condiciones para todos los electores; las experiencias conocidas de sistemas electorales en el mundo nos afirman que en sociedades plurales, con sistemas de partidos igualmente plurales, la fórmula que aporta mayores virtudes democráticas es la de representación proporcional pura, conjugada adecuadamente con los controles pertinentes como el mencionado voto preferente. Voto por partido y por candidato.

Reflexiónelo una y otra vez y si le preguntan, diga siempre la verdad.

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