TRIJEZ confirma la asignación de Diputados de RP

Zacatecas, Zac.-En Sesión Pública, el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (TRIJEZ) resolvió 7 Juicios de Nulidad Electoral y 3 Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales promovidos por diversos partidos políticos y candidatos en contra de los resultados en las elecciones en los Ayuntamientos de Jerez, Villanueva, el Distrito XI con sede en el mismo municipio y la asignación de Diputados por el Principio de Representación Proporcional realizada por el Consejo General del IEEZ.
Respecto a los Juicios de Nulidad Electoral y Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano promovidos por diversos partidos políticos y candidatos en contra del cómputo estatal de la elección de diputados de RP, la declaración de validez y la asignación de diputados de representación proporcional a los partidos con derecho a ello, realizada por el Consejo General del IEEZ.

Los actores argumentaron que diversos artículos de la ley electoral se contraponían a principios constitucionales y tratados internacionales y que, por ello, la asignación no estaba apegada a derecho. El TRIJEZ determino confirmar la asignación realizada por el IEEZ al considerar que la autoridad administrativa sí se apegó a las disposiciones constitucionales y legales al momento de asignar los escaños correspondientes, como lo mandata la norma electoral.

Por otro lado, se resolvió el Juicio de Nulidad Electoral promovido por el Partido Acción Nacional en contra de los resultados del Cómputo Municipal en el Ayuntamiento de Jerez, Zacatecas, por considerar que existió error grave o dolo en el cómputo de los votos en once casillas, y la existencia de irregularidades graves, como compra del voto a través de la entrega de tarjetas “Contrato contigo” y promesas de apoyos económicos.

Al respecto, los Magistrados determinaron declarar la inexistencia del error o dolo grave en el cómputo, pues al analizar el contenido de las actas de escrutinio y cómputo de las casillas, se advierte que no se actualizaron las irregularidades planteadas por el actor ya que los datos contenidos en las actas coincidían. Así mismo, el actor tampoco acreditó la existencia de violaciones sustanciales, pues solo afirmó la existencia de dichas irregularidades sin aportar pruebas, por lo que el Pleno determino confirmar la elección. 

Finalmente, se resolvió también el Juicio de Nulidad Electoral, promovido por el Partido de la Revolución Democrática en contra de los resultados del Cómputo Distrital XI, con sede en Villanueva, Zacatecas, así como la declaración de validez y el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez en favor de la formula registrada por la coalición “Zacatecas Primero”. 

El actor argumentó que los resultados en dieciocho casillas contenían vicios generalizados, sistemáticos y determinantes para el proceso electoral y que se dio una intervención indebida de servidores públicos en apoyo a la formula postulada por la Coalición “Zacatecas Primero”, qué género presión en el electorado al otorgarse dádivas o promesa de algún beneficio. 

El Pleno determino que no le asistía la razón al actor pues de las actas de escrutinio y cómputo de casillas se pudo comprobar que los datos asentados coincidían y que en aquellas en las que existió error no había motivo suficiente para que se decretara su nulidad y respecto a la intervención de servidores públicos, el TRIJEZ determino que no se acredito su intervención ni el uso indebido de recursos públicos puesto que el actor no detallo con precisión en que consistió la intromisión del gobierno ni la utilización indebida de recursos.

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