Garantiza IEEZ la protección de datos personales 

Zacatecas, Zac.-El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, en Sesión Extraordinaria, aprobó el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y se constituyó el Comité de Transparencia del IEEZ, por lo que rindieron protesta el Consejero Electoral J. Jesús Frausto Sánchez, Presidente del Comité y como Vocales las Consejeras Electorales Elia Olivia Castro Rosales y Elisa Flemate Ramírez, y como Secretaria Técnica, la Titular de la Unidad de Transparencia, Martha Valdéz López.

El Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Instituto Electoral, tiene como objeto establecer los órganos, criterios y procedimientos institucionales para garantizar a toda persona el derecho humano de acceso a la información y la protección de los datos personales en posesión del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, así como la transparencia, de conformidad con los principios y bases establecidos en la Constitución Federal, los Tratados Internacionales en los que el Estado Mexicano es parte, la Constitución Local, la Ley General de Transparencia y la Ley de Transparencia Local.

Asimismo, el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Instituto Electoral, aprobado por el Consejo general del IEEZ, regula entre otras disposiciones, las siguientes: a) Las obligaciones de transparencia; b) Órganos responsables en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales; c) Las obligaciones de los servidores públicos; d) El derecho de acceso a la información; e) La clasificación de la información; f) Protección de datos personales; g) Recurso de revisión; h) Las sesiones del Comité de Transparencia y i) Responsabilidades administrativas.

El Consejo General del IEEZ consideró que el derecho de acceso a la información, la transparencia y la protección de datos personales, así como la clasificación de la información, se interpretarán bajo los principios establecidos en la Constitución Federal, los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, la Constitución Local, la Ley General de Transparencia, la Ley Federal de Transparencia, la Ley de Transparencia Local y Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Instituto Electoral.

Además, en la aplicación e interpretación del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Instituto Electoral, deberá prevalecer el principio de máxima publicidad, y se tomarán en cuenta los criterios, determinaciones y opiniones de los órganos garantes en materia de transparencia, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia y la referida interpretación quedará a cargo del Comité de Transparencia del Instituto Electoral.

Por otra parte, en cumplimiento al Artículo Quinto Transitorio de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas, se constituye el Comité de Transparencia; asimismo, se modifica la denominación de la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública a Unidad de Transparencia, y se ratifica a la Titular de la otrora Unidad.

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