Argumenta Fabiola Torres “actuación administrativa” en desalojo de Salaverna


Zacatecas, Zac.-Durante su comparecencia ante el Pleno de la Legislatura, la titular de la Secretaría General de Gobierno, Gilda Fabiola Torres Rodríguez, dio a conocer su postura respecto a la recomendación no aceptada por el caso del desalojo que se hizo a los pobladores de la comunidad Salaverna, en Mazapil, y que le fuera emitida de parte de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas (CDHEZ).
Sostuvo la funcionaria que se encuentra “convencida de la preminencia del Estado de Derecho en Zacatecas; el Gobierno del Estado es respetuoso y se asume como el principal garante de los derechos humanos y reconoce el compromiso de las instituciones que vigilan la garantía de su aplicación”. Dijo ser una funcionaria responsable que rinde cuentas a la sociedad.

Por otro lado, sostuvo que la vocación minera en el estado, que ha marcado ventaja competitiva a nivel mundial, “no fue regulada con oportunidad, generando riesgos que hoy están presentes en el medio ambiente y la calidad de vida de muchos zacatecanos”.
Así, dijo, “es responsabilidad del Estado velar por la seguridad de los zacatecanos, y ante este compromiso, con rigor técnico y acciones preventivas, informamos con oportunidad a los pobladores de la comunidad de Salaverna que están en riesgo sus vidas y sus pertenencias debido a la existencia de una falla geológica, falla Beta, hundimiento del suelo y el deterioro del subsuelo, por la operación minera de ataño, que lleva a la urgente intervención de la autoridad con el objeto de salvaguardar los derechos humanos, particularmente el de la vida, integridad y salud de la población”.

Agregó que “el Gobierno del Estado de Zacatecas aceptó de manera parcial las recomendaciones hechas por la CDHEZ, a través de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) y la Procuraduría de Justicia, quienes se encuentran trabajando en ellas; con esta acción, el gobierno del estado refrenda su compromiso con los derechos humanos y somos receptivos al trabajo de la CDHEZ, convencidos de su tarea responsable, además de relevante, para el estado”.

Sin embargo, aseguró que “es importante clarificar que la Secretaría General de Gobierno no aceptó la recomendación hecha por la CDHEZ, con fecha 14 de junio de 2017, ya que si bien es cierto que hay importante coincidencias en varias de las recomendaciones planteadas, también es cierto que las consideraciones vertidas por dicha comisión difieren de los razonamientos técnicos y conclusiones hechas por esta secretaría”.

Asimismo, dijo que es fundamental precisar ante la sociedad puntos clave que no fueron considerados con rigor técnico y es necesario pronunciar que: “manifiesto, que en fecha 6 de julio de 2017, mediante oficio 744/2017 de la Secretaría General de Gobierno, en tiempo y forma legal, fundado y motivado, se dio contestación a la CDHEZ explicando el por qué no se coincidió con los criterios de las ocho recomendaciones emitidas a la Secretaría General de Gobierno, ajustándonos al procedimiento establecido en el artículo 53, párrafo segundo, de la propia Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas”.

Advirtió Torres Rodríguez que el documento en contestación, no aceptación, de las recomendaciones, se integra por 31 fojas útiles con parte inversa, además de 185 folios que integran 12 anexos con documentos probatorios, mismos que por su extensión y contenido, no es posible abordar en su literalidad debido al lapso de tiempo que le fue permitido por la Legislatura.

De cualquier forma, dentro de los puntos más relevantes del citado documento, puntualizó la funcionaria que respecto a la primera recomendación, referente a que “en un plazo máximo de tres meses, contado a partir de la aceptación de la recomendación, se inscriba a la ciudadana Martha Leticia Mendoza, Daniela Monserrat Sánchez Zamarripa, Micaela Zamarripa Sánchez, María de los Ángeles Guevara Ledezma, Miguel Ángel Sánchez Zamarripa, y Emilia Torres Anguiano, en el registro estatal de víctimas, a fin de que en un plazo máximo de un año, se le indemnice (…) y se envíe a la comisión las constancias con que se acredite su cumplimiento”.

Sobre este particular, sostuvo que después de un análisis exhaustivo, en el caso de la señora Martha Leticia Mendoza, se hace necesaria una nueva reflexión a la luz del principio pro persona para incluir, si quien se ostenta como quejosa, pudo haber sido afectada en su garantía de seguridad jurídica, por lo que se estima que dicha presunción resulta suficiente para que esta autoridad instruya de forma inmediata a la Comisión Ejecutiva de Atención a las Víctimas para que, con base en lo dispuesto en la Ley General de Víctimas, así como la Ley de Atención a Víctimas del Estado de Zacatecas, inscriba a la señora en el Registro Estatal de Víctimas a efecto de que tenga acceso a las medidas de ayuda, asistencia y reparación.

Por lo que respecta a los otros ciudadanos, de las constancias que integran el expediente de queja, no se desprende medio de convicción alguno “que haga suponer siquiera, a esta autoridad, que las acciones denunciadas, hayan sido ejecutadas en perjuicio de sus derechos, pues, al contrario, tales personas continúan habitando en sus domicilios”.

Por lo que toca a la segunda recomendación, referente a que “dentro del plazo máximo de un mes, contado a partir de la aceptación de este recomendación, se valore y determine si los agraviados requieren de atención psicológica relacionada con el procedimiento de desplazamiento forzado y los sucesos ocurridos el 23 de diciembre de 2016, motivo de la presente queja; de ser el caso, en un plazo de un mes, posterior a la realización de dicha valoración, se realicen las gestiones necesarias para que, de ser voluntad de los agraviados, inicie su tratamiento hasta su total restablecimiento”.

Precisó la secretaria que “contrario a lo que establece la recomendación, se habla del procedimiento de desplazamiento forzado, situación que en lo absoluto ocurrió, ya que en todo momento se ha manifestado y demostrado que no se trata de actos de desplazamiento o desalojo, sino que únicamente se trata de una actuación administrativa realizada por personal de la Dirección Estatal de Protección Civil y Bomberos (PC), quienes en ejercicio de sus atribuciones, procedieron a solicitar la evacuación voluntaria de las viviendas que aún están habitadas, con motivo del probado y latente riesgo de hundimiento, que pone en peligro la integridad física de las personas y la vida de los habitantes de la comunidad de Salaverna, Mazapil, por lo que se afirma que no se llevó a cabo ningún desplazamiento de personas”.

Paso a paso, Fabiola Torres fue dando cuenta de todas y cada una de las recomendaciones, argumentando elementos de carácter técnico para el proceder en la señalada comunidad.

Por otro lado, aseguró que tanto el personal de PC como de las corporaciones de seguridad pública que intervinieron en los hechos, se encuentran en constante capacitación en el tema de los derechos humanos. Sobre el asunto particular de determinar y fincar responsabilidades de los servidores públicos implicados en los hechos, apuntó que “se coincide con la necesidad de que el órgano de control interno del Poder ejecutivo Estatal, la Secretaría de la Función Pública (SFP), en ejercicio de sus atribuciones, revise la totalidad de las constancias que integran el expediente de queja, y de ser necesario, inicie las investigaciones administrativas a que hubiese lugar si fuere el caso”.

Además, detalló que en lo que corresponde a quienes habitan ya en la comunidad Nuevo Salaverna manifestaron expresamente y ante notario público su voluntad de dejar la comunidad Salaverna para establecerse en el nuevo poblado, de manera que no son objeto tampoco de desplazamiento forzado, ya que para que se dé esta figura se requiere la negativa expresa de los implicados.

Finalmente, dijo que como titular de la dependencia a su cargo, priorizará el diálogo con la ciudadanía y organismos que defienden auténticamente sus derechos, estableció que se garantizará la seguridad jurídica de los ciudadanos y no dudará en aplicar la ley a quien violente o no cumpla con su vocación de servicio.

Se dijo convencida que el Estado de Derecho tendrá preeminencia sobre el ejercicio parcial de la legalidad o el interés político o económico que distorsione la administración de servicio a Zacatecas. “En esta administración estamos convencidos que Zacatecas quiere y merece un mejor destino, que la tarea exige el trabajo de todos y garantizaremos que se cumpla el Estado de Derecho”.

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