Busca Iris Aguirre proteger a policías en funciones

Zacatecas, Zac.-La diputada, Iris Aguirre, durante su intervención en la pasada sesión de la LVII Legislatura del, señaló que: “el homicidio doloso, junto con otros delitos violentos, es una amenaza para la población en cuanto a que su impacto va más allá de la pérdida de vidas humana, generando un entorno de miedo e incertidumbre.
Las personas que participan en la labor policial están dedicadas a la causa de un servicio público honorable y competente. Los elementos policiales han sido concebidos para proteger las libertades y los derechos fundamentales de la sociedad; cualquier falta de integridad de la policía se ve facilitada por la oportunidad y la ausencia de consecuencias.

Tras la contabilización de delitos de alto impacto cometidos en la entidad, durante los primeros tres meses del año. Zacatecas se ha colocado como la tercera entidad que acumula más puntos rojos debido al alto índice de delitos como homicidio, secuestro, extorsión y violación, registrados por las instancias de seguridad”

Dijo la legisladora que los elementos de seguridad, ya sea privada o pública, “se ven forzados  a cometer algún fallo y verse comprometidos, pero la realidad de esta iniciativa es darle más punibilidad a aquellas personas que atenten contra ellas”.

Ante esto, presentó la siguiente:

Por tal motivo, presentó una iniciativa con proyecto de decreto que adiciona las fracciones VII y IX del artículo 301 del Código Penal para el Estado de Zacatecas, de manera que el texto quedaría de la siguiente manera:

Artículo 301

Se entiende que el homicidio y las lesiones son calificados:

VII. Cuando se cometan en lugar concurrido por personas ajenas a los hechos y que pudieren resultar muertas o lesionadas.

IX. En contra de miembros de las instituciones policiacas del estado en ejercicio o como consecuencia del desempeño de sus funciones, incluyendo a los elementos de las empresas privadas y a los que de manera independiente presten servicio de seguridad, protección, vigilancia o custodia de personas, lugares o establecimientos, así como sus bienes o valores, incluyendo su traslados, siempre y cuando estén debidamente registrados ante los organismos públicos correspondientes.

La presente disposición no surtirá efectos en el caso de delitos no graves por culposo.

Etiquetas

Noticias relacionadas

*

*

Top