BUSCAN TIPIFICAR COMO DELITO LA PRÁCTICA DEL “GRAFFITI”

graffiti

Zacatecas, Zac.- Diputados de la LXI Legislatura del Estado presentaron al pleno, la propuesta de una serie de reformas al Código Penal del Estado donde se incluye la actualización de la legislación para integrar como delito, la práctica del “graffiti”.

La comisión Seguridad Pública y Justicia, presentó dictamen a favor de  aprobar  la Iniciativa con Proyecto de Decreto para  reformar y  adicionar diversos artículos del Código Penal para el Estado de Zacatecas en los siguientes puntos:

1.- Actualizar la Legislación Penal vigente, integrando como delito, la práctica de rayar, pintar, grabar o alterar por medio de algún tipo de escritura o comunicación gráfica, bienes muebles e inmuebles ajenos sin el consentimiento expreso, de quien pueda otorgarlo, práctica conocida en el vulgo urbano como  “Graffiti”.

Actualmente se cataloga este delito como daño en propiedad privada, equiparable en cuanto a sanción penal como robo simple, lo cual, de acuerdo a la promovente de la iniciativa Diputada Claudia Anaya,  no corresponde a la naturaleza del hecho y por tanto su pena no repara el daño, ni incentiva a la juventud a la práctica legal de esta actividad.

2.- Revisar las penas para quienes cometen infracciones al Artículo 181; este Artículo sanciona a quien por algún medio induzca a los menores de edad a la práctica del alcoholismo y la farmacodependencia, a formar parte de una asociación con fines delictivos, así como la mendicidad.

La Iniciativa actualiza las penas y sanciones derivadas de este delito, asumiendo una política de prevención hacia los menores de edad o personas que no tengan la capacidad de entender los hechos anteriormente descritos.

3.- Adicionar al Artículo 181, una sanción a quien proporcione a los menores de edad o personas que no tengan la capacidad para entender los hechos, los materiales necesarios para dañar a través de la escritura urbana o “Graffiti” bienes muebles o inmuebles ajenos, así como el espacio público.

Reforma al Artículo 34 del Código Penal

Finalmente la  Comisión de Seguridad Pública y Justicia, presentó el Dictamen a favor de la  Iniciativa con Proyecto de Decreto para  que se reforme el primer párrafo del Artículo 34 del Código Penal para el Estado de Zacatecas, y se establezca el monto de la indemnización por reparación del daño, en caso de homicidio, que se fijará aplicando las cuotas que establece la Ley Federal del Trabajo, según las circunstancias de la víctima y tomando como base la utilidad o salario que hubiese percibido; si la víctima no percibía utilidad o salario o no pudiere determinarse éste, el monto de la indemnización se fijará tomando como base el mencionado salario mínimo.

*

*

Top