LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES EN EL DERECHO ELECTORAL MEXICANO

Tercera  Parte

Lic. Olga Alicia Castro Ramírez*

V. LA OPORTUNIDAD   HISTÓRICA   DE   DESARROLLO   DE   LOS PARTIDOS POLÍTICOS EN MÉXICO

Para la contextualización adecuada de las candidaturas independientes en nuestro país se hace necesario, primero, hablar de las organizaciones a través de las cuales, en forma exclusiva, ha sido posible el acceso de los ciudadanos al poder público: los partidos políticos. Para ello se conceptualizarán desde el enfoque propuesto por los clásicos de la ciencia política moderna, Giovanni Sartori y Maurice Duverger.

Sobre partidos políticos se han hecho muchas definiciones. Al respecto, destaco dos: la primera hecha por Max Weber22 que los define como: “la forma de socialización que, descansando en un reclutamiento libre, tiene como fin, proporcionar poder a su dirigente dentro de una asociación y otorgar por ese medio a sus miembros activos determinadas probabilidades ideales o materiales”. Por su parte, Giovanni Sartori23 dice que “cualquier grupo político que se presenta competir en elecciones y que puede colocar mediante ellas a sus candidatos en cargos públicos” es un partido político. Los partidos surgen en toda época y lugar en el que los seres humanos se disputen el poder. Como el poder del Estado, por su naturaleza, siempre es objeto de disputa, esta lucha va necesariamente acompañada de la formación de “facciones” o “sectores” que se organizan para conquistarlo.

Ante los conflictos que surgen, naturalmente, entre las sociedades, aparecen los partidos políticos como intermediarios para alcanzar soluciones, a través de la suma de opiniones que se traducen en las ofertas electorales, es decir, en los programas de gobierno. Por ello, la principal función que se otorga a los partidos políticos en un sistema democrático es la mediación entre la sociedad y el Estado. El artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos le otorga el siguiente carácter y funciones:

  • Entidades de interés público
  • Organización de ciudadanos
  • Hacer posible el acceso de los ciudadanos al poder público
  • Promover la participación del pueblo en la vida democrática

Adicionalmente, podría decirse que los partidos políticos también tienen las siguientes funciones: formar opinión pública; organizar la agenda pública nacional; movilización de las masas; son instrumentos de socialización de la política y la democracia; elaboración de políticas públicas; integran intereses de los distintos grupos de la sociedad. Pero, sobre todo, no hay que perder de vista que este tipo de organización se encamina siempre a la obtención del poder, a los cargos de representación y los de dirección, es decir, de la alta burocracia.

Es hasta el siglo XIX, en Europa y Estados Unidos, en que se ubica el origen de los partidos. Es  con la Revolución Industrial en Inglaterra cuando el voto se extiende a las masas y de manera natural surgen los partidos políticos como entidades encaminadas a representar determinada corriente política para llegar al poder y tomar decisiones.

Para muchos, la clasificación de los partidos políticos que resulta más clara e importante es la hecha por Duverger24, quien refirió que la diferencia de un partido a otro es su estructura, por lo que distingue dos clases: los partidos de cuadro y los de masas. Los primeros prefieren la calidad de sus miembros a su número; sus integrantes disponen de gran influencia local o nacional; tiene estructuras flexibles y poco organizadas, comúnmente son poco disciplinados, carecen de un programa o contenido general desarrollado, por lo que cada una de las unidades partidistas disponen de gran autonomía de acción. En contraste, los partidos de masas poseen una organización estable y estructura fuerte, piramidal y basada en planos jerarquizados. Los militantes se identifican con la ideología más que con la persona misma. Las decisiones reposan en la participación de todos sus miembros y la subordinación de la dirección de la base.

En definitiva, las organizaciones consideradas de interés público reflejan la forma de vida de una sociedad, es en la diversidad de estas entidades donde se expresan las necesidades y preferencias de los distintos sectores o niveles que en el país convergen. Los partidos políticos son necesarios para que las sociedades y los procesos electorales funcionen adecuadamente.

La tipología tradicional toma como elemento de caracterización de los sistemas de partidos político el número que lo integra, por ello hace la distinción entre sistema de partido único, bipartidista y multipartidista. México estaría situado en esta última categoría. En términos del filósofo italiano G. Sartori nos encontramos en México con un sistema de pluripartidismo polarizado, sistema marcado por una fragmentación de cinco o seis partidos políticos (aun cuando en México hay siete partidos con registro nacional, no se considera que por no caer en el número establecido en la teoría de Sartori no pueda ser incluida en esta categoría, puesto que comparte más rasgos que le caracterizan, que a su vez, lo alejan de un sistema de partidos atomizado) y se caracteriza por una oposición antisistema, oposiciones polarizadas, ubicación central de uno o varios partidos, existencia de alta distancia ideológica, presencia de una política de súper oferta.

Cabe destacar que el autor italiano distingue otros tipos de sistemas de partidos, entre ellos el sistema de partidos no competitivos y en esta en la subcategoría del sistema con partido hegemónico, en el que ubicó a México por su larga historia en la que uno solo partido, el Revolucionario Institucional, obtuvo todas las posiciones políticas de elección popular.

Hecha una breve conceptualización de los partidos políticos en la ciencia política y una vez que se habló del contexto en el que se ubica la aprobación, en la Constitución, de las candidaturas independientes, ahora, se hará un repaso del impacto que tendría esta figura en el sistema de partidos políticos del país, ya que, como se ha asegurado a lo largo de este documento, aunque en ocasiones pareciera que los candidatos independientes vienen a sustituir a los partidos políticos, la realidad es otra y es que, no puede entenderse un régimen democrático sin partidos políticos, pero también es real que con la conducta asumida por los partidos políticos sería una utopía pensar que seguir esa línea nos conducirá a un mejor desarrollo democrático del país.

Ahora bien, si ya apuntamos algunos riesgos, justo es decir que el mayor de ellos lejos estaría de desaparecer a los partidos políticos, pero justo es ahora cuando se discute lo relativo al financiamiento –tanto público como privado- para las campañas electorales y la posibilidad real del ingreso a las mismas de dinero ilegal e ilícito. Este riesgo va inherente a todo candidato, ya sea independiente o postulado por un partido político. La intención de mantener una ruta de ganar elecciones a costa de lo que sea es lo que precisamente la sociedad repudia, más aún si tiene que vivir el día a día con la zozobra del inseguro sustento y, en cambio, presencia un derroche descarado e impúdico de recursos para el acceso al poder público y, ya en él, una ambición voraz por asegurarse su futuro económico, no solo un sustento decoroso, sino una vida de opulencia, como muchas veces muestran reportajes en medios de comunicación que solo dejan a la ciudadanía con el sabor amargo del asco por la política.

Dicho esto y habiendo asentado que las figuras de candidatos independientes y los postulados por partidos políticos coexistirán, como es normal en toda democracia, puede resultar en beneficio de todos, no solo la posibilidad de ser candidato sin el patrocinio de un partido político (necesitará patrocinio, obviamente, y de algún lado deberá provenir), sino por la presión que pueden  ejercer sobre los partidos políticos. Primero, tendrá que decirse que será necesaria la regulación en una ley secundaria de las candidaturas independientes, pero no hay que dejar de lado que también se aprobaron otras formas de participación ciudadana, como la iniciativa ciudadana y el referéndum, mismas a las que igualmente les es necesaria una regulación que las haga efectivas.

No obstante, la mayor distancia entre ciudadanía y partidos políticos se circunscribe a la falta de representatividad; es decir, los partidos políticos no son vistos como organizaciones que aglutinen proyectos específicos para beneficio de la colectividad, sino de reducidos grupos de interés (generalmente grupos económicos). Lo mismo podría decirse de los candidatos independientes, ya que nada asegura que por no provenir de un partido político tendrá todas las virtudes que la sociedad busca en un buen gobernante. La figura de candidaturas independientes está en el centro de debate como un elemento que será capaz de escapar a los vicios atribuibles a los partidos políticos; se pierde de vista que seguirá siendo un humano y, en función del cargo que ostente, obedecerá a los intereses de un grupo, aquel que lo haya financiado, a quien haya acudido como elemento de identificación en busca del voto. No estará exento de los vicios de todos los hombres del Poder y su figura no dejará de reflejar la cultura política existente en México.

El reto para los partidos políticos, ya convertidos en gobiernos y grupos parlamentarios, es tener la capacidad para llevar a cabo las reformas necesarias, no solo electorales, sino al sistema político en su conjunto, para elevar la calidad de nuestra democracia, así que antes de pretender conjurar o hacer poco accesibles y eficaces las candidaturas independientes con una rebuscada legislación, deberán resolver asuntos de mayor envergadura. Resalto aquí, la discusión sobre la segunda vuelta en la elección presidencial, la reelección, la rendición de cuentas, la revocación del mandato, es decir, crear nuevas formas de participación directa (o semidirecta) que acreciente la cultura de la participación democrática entre los ciudadanos y que, a la par, vaya generando apremio por la democratización en todos los ámbitos, particularmente en la vida interna de los partidos políticos. Preocupa, entonces, que la reelección como elemento que profesionaliza la labor legislativa, principalmente, no haya sido considerada en la reforma recién aprobada.

Si bien, es destacable que gran parte (o la mayor) de los medios de impugnación que atiende el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación son juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, interpuestos por los militantes de los propios partidos políticos ante decisiones de los órganos de dirección de cada uno de ellos (incluso, esto ha permitido y obligado la revisión y modificación de los documentos básicos para hacerlos acordes a los principios constitucionales y democráticos), esto no ha sido suficiente para que exista, y así lo perciban los ciudadanos, un régimen democrático efectivo al interior de los institutos políticos. Los partidos políticos, en su conjunto, y los grupos de la sociedad civil deben reparar en las reformas electorales aprobadas en los ámbitos federal y local, puesto que en algunas decisiones se advierten ciertas regresiones, muchas veces, escudándose en un discurso populista y demagógico, como la reducción de costos de la burocracia. Si el descrédito de los partidos políticos es suficiente para pretender su desaparición, la encuesta hecha por el IFE señala que no, se tiene la noción de los beneficios que la institucionalización de los partidos políticos ha traído para la transmisión pacífica del poder. No hay, en Democracia, una figura que sustituya a los partidos políticos, no se cree que México o los mexicanos pretendan nuevamente ceder en la conquista de sus libertades para dar paso a una Dictadura.

Me explico. Ya en el estado de Zacatecas hubo modificación a su Ley Electoral en la que se reducen el número de regidores en un 25%, con la única justificación de disminuir costos en las burocracias municipales; la premisa fundamental implícita es un menosprecio por esos cuerpos colegiados y, que sin embargo, los grupos mayoritarios en el Congreso lo pudieron hacer sin mayor reclamo de la sociedad que no ve los consecuencias en detrimento de la democracia. Sus primeras consecuencias será la reducción de espacios para el acceso de mujeres a la política; lo cual fue posible por las reglas aprobadas para las elecciones inmediatas anteriores, es decir, las aplicadas en 2010, y que habían sido ampliamente difundidas como de avanzada para insertar a las mujeres en la vida pública. Esto ya no será posible. También es cierto que habrá menos espacios para los partidos políticos minoritarios.

De mayor envergadura y, por tanto, más preocupante aún, es la propuesta del titular del Ejecutivo Federal, que recién protestó en el cargo de Presidente, encaminada a la reducción en el número de diputados y senadores que integran el Congreso de la Unión. La propuesta puede parecer atractiva a la ciudadanía porque se vende la idea de que son posiciones de las élites partidistas y por los costos onerosos de mantener un cuerpo colegiado, entre ellos, a un grupo (diputados de representación proporcional) que en apariencia no tiene ninguna vinculación con los ciudadanos puesto que no tuvieron un acercamiento con ellos para obtener su respaldo a través del voto.

Nuevamente nos encontramos ante una retórica claramente pensada para obtener respaldo popular, pero que tiene claros tintes regresivos, antidemocráticos, que, lo más riesgoso es que no sean advertidos por la sociedad y que, incluso, obtengan el respaldo de algunas fuerzas políticas con mayor votación en el país, particularmente el PRD y el PAN. Podríamos hablar de las motivaciones de uno y otro partido político para ello, pero baste apuntar que ambos institutos advierten riesgos en su propia subsistencia y atraviesan una recomposición de fuerzas al interior que podría entorpecer su visión de estado y actuar en función de intereses o necesidades cortoplacistas.

Aunque temeraria la aseveración, advierto una postura autoritaria, regresiva, perversas y de involución democrática. El ahora partido en la Presidencia nunca dejó de ser partícipe del Gobierno, nunca dejó de tener posiciones clave para incidir en las decisiones del país, saben perfectamente que a través del Poder Legislativo, porque así lo hicieron, pueden detenerse proyectos completos de gobierno; nuevamente en el Gobierno federal pudiesen querer conjurar una “crisis de gobernabilidad” inexistente, no a la luz de un sistema democrático fortalecido cuya tendencia natural evolutiva es la concentración de las grandes decisiones en el Parlamento no en una figura como es la del Presidente de la República. Por ello me atrevo a asegurar que la propuesta de reducción en el número de legisladores tiene la intención de formar mayorías superficiales (engolosinados con los triunfos obtenidos en las recientes elecciones federales y locales) y fortalecer el Presidencialismo, en detrimento, como ya hemos dicho en todo este texto de la desarrollo de la vida democrática, puesto que no puede hablarse de tal régimen implantada en todas las estructuras sociales si no hay cabida para las minorías, si se reducen los espacios de participación de ciudadanos y de grupos minoritarios y si se les cierran las posibilidades de acceso al poder público y con una oportunidad real de llegar a ser mayoría.

Toda democracia evoluciona hacia el Parlamentarismo, en cuyo caso la condición sine qua non es el pluralismo político y si se limita el acceso a las minorías hay un retroceso. Aunque se acepta la discusión sobre cuál es el número idóneo de partidos en México lo que no podría aceptar es que haya un conformismo con tener dos o tres partidos políticos, no en este momento histórico y cultural del país.

Ahora bien, como se ha dicho ya, hay que poner el énfasis que merecen las últimas reformas electorales tendentes a elevar los requisitos para la formación de nuevos partidos políticos: una tiene que ver con abrir la posibilidad de nuevos registros en lugar de cada tres años a un lapso de seis; la imposición de que todo nuevo partido tiene que competir, en su primera elección, solo, es decir, sin posibilidad de coaligarse; la nueva configuración de las coaliciones que no permite lo que han llamado la transferencia de votos, pero que obliga a los partidos a hacer una campaña en dos sentidos, una para apuntalar al candidato que postulan y la otra en solitario para obtener el mínimo de votación requerido para mantener su registro y para acceder a los cargos de representación proporcional (2%). Apunto también que, aun cuando una organización alcance a cubrir los requisitos para formar  un  nuevo  partido  político,  la  primera  contienda  en la  que  puede participar es una elección intermedia, es decir, le resultará más complejo mantener su registro puesto que por tendencia natural en ellas se reduce sensiblemente el número de votantes y no hay una figura ampliamente visible (como puede ser un candidato presidencial) que coloque al partido político en la escena nacional, sino que por el contrario ante la existencia de 300 candidaturas distintas (en caso de que pudiesen cubrirlas todas), por lo que se atomizan sus campañas y se disgrega la atención en figuras que pudiesen no tener mucho arraigo o a las que les cueste posicionarse en cada uno de los distritos electorales federales.

A pesar de lo anterior (aunque más bien no sé si decir que acentuando lo anterior, por los signantes), parece que hay un signo positivo (espero no sea otro discurso demagógico) en el llamado Pacto por México, firmado por el PAN, PRD y PRI. Por estar vinculado directamente al tema que nos ocupa, resalto los puntos 1.3 y 1.6 del apartado 5:

Partidos Políticos y Elecciones.

Los partidos políticos requieren de un marco jurídico que genere mayor certidumbre, transparencia y estabilidad al sistema político en su conjunto. De igual forma, los procesos electorales tienen que ser más baratos y más transparentes. Para lograr estos objetivos, se impulsarán las siguientes acciones:

  • Se aprobará una Ley General de Partidos para dar un marco jurídico estable y claro a la actuación de los mismos tanto en tiempos electorales como en tiempos

no electorales. (Compromiso 89)

  • Se    impulsará   una    Reforma   Electoral   que    atienda    los   siguientes   temas (Compromiso 90):
  • Reducción y mayor transparencia del gasto de los partidos.
  • Disminución en el monto de los topes de campaña.
  • (Incorporación a las causales de nulidad de una elección lo siguiente: 1) el rebase de los topes de campaña; 2) la utilización de recursos al margen de las normas

que establezca el órgano electoral; y 3) la compra de cobertura informativa en cualquiera de sus modalidades periodísticas, con la correspondiente sanción al

medio de que se trate)

  • Revisión de los tiempos oficiales de radio y televisión para impulsar una cultura de debate político y una racionalización del uso de los anuncios publicitarios.
  • Prohibir  el  uso  y  la  entrega  de  utilitarios  de  promoción  electoral,  tales  como materiales plásticos, materiales textiles, despensas y materiales de construcción.
  • Fortalecer la legislación para evitar el uso de esquemas financieros y/o recursos de origen ilícito con el propósito de inducir y coaccionar el voto.
  • Crear una autoridad electoral de carácter nacional y una legislación única, que se encargue tanto de las elecciones federales, como de las estatales y municipales.

Leyes reglamentarias de la reforma política.

Para poder instrumentar plenamente la nueva reforma política, se aprobarán las siguientes leyes (Compromiso 93):

  • Ley reglamentaria de candidaturas independientes.
  • Ley reglamentaria de iniciativa ciudadana.
  • Ley reglamentaria de iniciativa preferente.
  • Ley reglamentaria de la consulta popular.

No se niega la necesidad de atender los temas referidos, por las explicaciones que a lo largo de este texto se han esgrimido. Sin embargo, no hay que perder de vista que si bien, el triunfo del actual Presidente de la República está enmarcado en la legalidad, no escapa a nadie la pérdida de legitimidad en su triunfo, al haberse cuestionado, precisamente, el uso indebido y excesivo de recursos económicos, además de la incidencia de los medios de comunicación en el proceso electoral, al margen de la regulación. Por lo anterior, también tendrá que darse una lectura adecuada a estos puntos que bien pudieran tratarse de acciones que buscan legitimar al régimen y perpetuarlo en el poder.

Adicionalmente, me gustaría nuevamente retomar la medición que al respecto hizo Consulta Mitofsky: “El Pacto por México parte de 5 ejes en los que coincidieron todas las fuerzas políticas del país: transformar al país en una sociedad de derechos; fomentar el crecimiento económico, el empleo y la competitividad, así como lograr la seguridad y justicia; incrementar la transparencia, la rendición de cuentas y el combate a la corrupción, además de perfeccionar las condiciones para  una  gobernabilidad  democrática”.  Entre  los  resultados  que  destacan  se encuentran los siguientes25: “La opinión que generan los tres principales partidos entre los ciudadanos que se declaran “independientes” en todos los casos tienen saldos negativos de opinión. En 2000, los mexicanos opinaban que tanto el PRI como el PRD no aprobarían ninguna propuesta del Presidente emanado del PAN. En 2006, al ser de nuevo el PAN gobierno, la percepción cambió y mientras el 30% pensaba que el PRI apoyaría al Presidente, este porcentaje apenas llegaba al 7% para el PRD. En la transición 2012, cuando regresa el PRI, se piensa en el 63% de los casos para el PRD y 42% para el PAN que sus legisladores aprobarán pocas o incluso ninguna de las iniciativas que provengan de la Presidencia. De acuerdo a estos resultados, los partidos deben mostrar su voluntad de lograr acuerdos a favor del país si quieren lograr dejar sus evaluaciones negativas y convertirlas en positivas. Esos acuerdos no son suficientes para que ciudadano modifique su percepción ni la confianza en legisladores y en partidos políticos que hoy son de las más bajas, se requiere que esas buenas intenciones se concreten en resultados a favor del desarrollo de México y del bienestar de los mexicanos”.

Hay expectativas altas alrededor del pacto, pero también es cierto que entre la ciudadanía no hay tanta confianza en su efectividad, “la burra no era arisca, la hicieron”.  En los  mismos  compromisos  se  establece  la  necesidad  de  seguir fortaleciendo el sistema de partidos, por los apuntes ya hechos, y, aunque se toca el tema de la regulación de las candidaturas independientes, es un hecho que, bajo ninguna circunstancia, los partidos políticos están dispuestos a ceder poder en favor de los ciudadanos con esta figura, por lo que su incidencia, al menos en sus primeros ejercicios, será muy marginal.

Baste citar lo referido por los legisladores que participaron en la configuración de la reforma constitucional en el Dictamen de las Comisiones Unidas del Senado de la República de Puntos Constitucionales, de Reforma del Estado y de Estudios Legislativos de Decreto que reforma y adiciona diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma política.

“No escapa a quienes integramos las comisiones unidas que ese cambio representaría un viraje radical en la configuración que a lo largo de más de medio siglo ha tenido nuestro sistema electoral. Supone un nuevo diseño normativo y práctico que haga posible la existencia de candidatos independientes, sin tirar por la borda el entramado de obligaciones y derechos que nuestra Constitución y las leyes electorales disponen para los partidos políticos. En pocas palabras, la posible incorporación a nuestro sistema electoral de la posibilidad de candidatos independientes debe hacerse en armonía con lo que hemos construido a lo largo de más de tres décadas.

Las candidaturas independientes deben ser una fórmula de acceso a ciudadanos sin partido para competir en procesos comiciales, no una vía para la promoción de intereses personales o de poderes fácticos que atente contra la democracia y el propio sistema electoral y de partidos políticos. Estos últimos deben seguir siendo la columna vertebral de la participación ciudadana, los espacios naturales para el agrupamiento y cohesión de la diversidad que está presente en la sociedad, de forma tal que la diversidad encuentra en ellos un cauce democrático para dar lugar a la pluralidad de opciones que compiten por el voto ciudadano y hacen posible el acceso de los ciudadanos al ejercicio de los cargos públicos de elección popular.

La solución no está, a juicio de las comisiones dictaminadoras, en mantener el estatus quo y preservar el derecho exclusivo de los partidos políticos para la postulación y registro legal de candidatos a cargos de elección popular, sino en abrir las puertas a la participación independiente de los ciudadanos en las contiendas electorales, con los requisitos de ley que aseguren representatividad y autenticidad, con ciertos derechos y obligaciones que sean armónicos con las existentes para los partidos políticos, que garanticen transparencia y rendición de cuentas, de forma tal que los candidatos independientes no sean caballos de Troya por el que se introduzca al sistema político proyectos ajenos a su base y sentido democrático,  y  mucho  menos  para  la  penetración  de  fondos  de  origen  ilegal  en  las contiendas electorales 26

Finalmente, se reitera y ha quedado asentado que las candidaturas independientes es una actividad cívica de vital importancia para acompañar la democracia, pero nunca para sustituir la función de los partidos políticos. Ahora resta averiguar si son una opción factible para mejorar nuestra democracia, algo que tampoco puede darse por sentado.

VI. REGLAS BÁSICAS PARA EL FUNCIONAMIENTO EN MÉXICO DE LAS CANDIDATURAS INDEPENDIENTES

Antes de iniciar con un esbozo de las reglas particulares que resultan indispensables en la regulación secundaria que lleven a cabo los legisladores, resultan pertinentes algunos comentarios sobre el particular. La democracia que en México debe buscarse es una constitucional, deliberativa y participativa, en la que el respeto por los derechos humanos fundamentales sea el principal límite a las decisiones mayoritarias, y en la que a esas decisiones se arribe con votos. Pero antes que ello, con un diálogo informado entre todos quienes quieran participar en la adopción de nuestras reglas de convivencia, porque intuyen que asumir esa responsabilidad es lo que nos hace verdaderos ciudadanos.

Respecto de las candidaturas, como un elemento de los sistemas electorales, en el Tratado de derecho electoral comparado en América Latina, los compiladores, entre ellos Dieter Nohlen, ya apuntaban, “una reflexión final debe poner el acento, en primer término en la inconveniencia de que se mantenga en algunos países el monopolio partidista en la presentación de candidaturas, llegándose incluso a establecer una suerte de mandato imperativo… Entendemos necesario flexibilizar las exigencias señaladas en la ley para la presentación de candidaturas independientes en todos los niveles del proceso electoral, y no sólo en el municipal. Es verdad que del fortalecimiento legal de las candidaturas extrapartidarias puede conllevar un debilitamiento de los partidos políticos y ello puede resultar disfuncional en sociedades que a veces carecen de formas estables de intermediación entre la propia sociedad y los órganos de decisión política. La personalización del proceso político mediante candidaturas independientes o su espontaneización a base de candidaturas de movimientos sociales, nutridas y asentadas en ocasiones de posturas nítidamente antipartidistas, de lo que Perú constituye un claro ejemplo, acentúa el riesgo, desde luego, de incrementar aún más los problemas de gobernabilidad de estos países. Con todo, y aun estando conscientes de estos problemas, el libre ejercicio del derecho de sufragio pasivo no puede ser recortado de manera arbitraria…27.

Por su parte, Jean-Francois Prud´homme dice que la participación política, como derecho, está sometida a los vaivenes de la historia de cada país. Es también un concepto que ha evolucionado con los cambios de valores que han marcado la vida de las sociedades. Sin embargo, a pesar de estas oscilaciones de la historia y de los cambios de valores, se puede afirmar que en nuestros días la legitimidad de los regímenes políticos está definida en función de la capacidad de participación política de su ciudadanía. Esa participación se da en el marco de las instituciones de la democracia representativa28.

Se entiende, claramente, que de la regulación de las candidaturas independientes dependerá su impacto y, por supuesto, sus alcances. Resulta recesaria una regulación suficiente que avale su representatividad, una organización seria que las respalde en campaña, la fiscalización de la procedencia de sus recursos y su fiel ejercicio. De no proceder de esa manera, lo que se advierte por parte de la Sala Superior del Tribunal Electoral, como consecuencias argumentativamente inaceptables, es la posibilidad de que tratos en extremo diferentes entre candidaturas partidistas e independientes, se traduzcan en inequidades para los partidos políticos que terminen por debilitarlos, contrariando con ello el principio de igualdad. Y no solo eso, sino abriendo la puerta a que pierda operatividad todo el proceso electoral, con la lógica afectación de los principios de certeza y objetividad que lo rigen; se reitera la necesidad de armonizar el derecho a ser candidato independiente con los demás político-electorales, especialmente debe evitarse el riesgo de la multiplicación de las candidaturas y, en consecuencia, la atomización del voto.

La regulación y reglamentación de candidatos independientes debe considerar el fortalecimiento del régimen de los partidos políticos, incluyendo en el sistema electoral y de partidos fórmulas de elección para que los candidatos que buscan un puesto de elección popular estén más vinculados al interés de los electores que a las pretensiones de las dirigencias partidistas; permitiendo a los partidos políticos legitimar su desempeño como entidades de interés público. La regulación y reglamentación no debe generar incentivos para competidores desleales, garantizando la equidad en la contienda para candidatos de partidos y candidatos sin partidos. Considerando que la fortaleza del sistema político democrático está  en la fortaleza de sus instituciones, deberá asegurarse que ningún individuo u corporación se sobreponga a las instituciones del Estado.

En este ensayo podríamos hacer un breve repaso de lo que ya la ley electoral establece como derechos y obligaciones de los partidos políticos -a los que llamaremos indicadores- que podría ser un punto de partida para establecer, también, las reglas a las que deberán sujetarse los ciudadanos que aspiran a obtener su registro como candidatos independientes. En el siguiente cuadro se incluirán primero las reglas con las que los partidos políticos compiten en una contienda electoral y si las mismas podrían o deberían aplicar a los candidatos independientes; enseguida se incluirán algunos elementos que se consideran indispensables para el fortalecimiento del régimen democrático, considerando en la escena electoral ambas figuras. Hecho lo anterior, se harán comentarios sobre los rasgos más sobresalientes de los derechos y obligaciones que se hacen necesarios para las candidaturas independientes.

 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE CANDIDATOS

Microsoft Word - Documento3

Es un amplio capítulo de asignaturas las que deberán atender quienes pretendan aventurar en los comicios por un puesto de elección popular en forma independiente, sin el patrocinio de un partido político; valorando los apartados a los que se hace referencia en el cuadro anterior, a continuación se plantean, a modo de propuestas, los temas que necesariamente deberán de regularse a nivel de factibilidad operativa, como condición sine qua non de las candidaturas independientes:

  • Sobre el financiamiento público deberá decirse que, a partir de la reforma constitucional y legal 2007 – 2008, la cantidad de recursos a distribuir está relacionada a dos elementos: el número de registros en el Padrón Electoral y el salario mínimo. A partir de la aplicación de la fórmula correspondiente se obtiene el monto total para financiar a los partidos políticos, y su distribución corresponde en un 70% a la votación obtenida por cada partido político y el 30% se distribuye en forma igualitaria entre los mismos. Si se decide otorgar financiamiento público a los candidatos independientes, lo cuales sería lo más prudente para equiparar aunque sea en algo mínimo las condiciones en que compite con los candidatos postulados por partidos políticos, tendrá que determinarse en qué proporción a lo ejercido en campaña y siempre que no se rebase el tope establecido para el cargo de que se trate. En este sentido, sería prudente establecer una bolsa mínima para los candidatos independientes y, consistente con ello, establecer topes al número de candidatos independientes por cargo de elección en competencia, para establecer desde un principio el proceso electoral el monto al que tendrá acceso quien obtenga registro como candidato independiente. Un candidato que obtenga su registro como independiente, para estar en condiciones de equidad, deberá tener financiamiento público y que éste prevalezca sobre el privado; es decir, no podemos revertir el sistema de financiación creado ya para los partidos políticos; hacer una excepción pondría en desventaja a cualquiera de los competidores, ya sea a los partidos políticos marginales, es decir, con baja votación y por ende, pocos recursos públicos o bien, a los propios candidatos independientes que pudiesen tener dificultades para obtener recursos para su propaganda electoral; no obvia decir, que privilegiar el financiamiento privado por encima del público abre el riesgo de la aplicación de recursos ilegales e ilícitos en las contiendas electorales, esta vez, por la vía de las candidaturas independientes y, consecuentemente, el candidato no estaría comprometido de llegar a un cargo de elección con los ciudadanos que le otorgaron su voto, sino que estaría supeditado a sus patrocinadores.
  • Tal como se encuentra la legislación federal actual, no hay cabida para el otorgamiento de espacios en radio y televisión a figuras distintas a los partidos políticos; más aún, está prohibido a toda persona la contratación de tiempos en radio y televisión para promocionar a un candidato, por lo que de inicio hay la necesidad de modificar las reglas para la asignación de los tiempos en radio y televisión y dar acceso a ellos a los candidatos independientes. La fórmula de distribución de los tiempos que el Instituto Federal Electoral administra a partir del inicio de las precampañas y hasta el día de la jornada electoral (48 minutos diarios en cada estación de radio y canal de televisión) son semejantes a las establecidas para el financiamiento público. La condición para la distribución es, como se ha reiterado, generar certeza sobre el número máximo de candidatos independientes que deben aceptarse en una campaña electoral, por cargo; dicho esto, deberá dejarse intocada la distribución actualmente regulada para los partidos políticos y destinar, para candidatos independientes, una bolsa de los tiempos que corresponden a las autoridades electorales, pero que, bajo ninguna circunstancia sean superiores los espacios destinados a candidatos independientes a los tiempos que tocarán al partido político que, en la distribución correspondiente conforme a la ley, tenga el menor número de promocionales. Si la Constitución federal no obliga a que las elecciones de las entidades federativas se homologuen a las federales aquí caben dos propuestas: homologar las elecciones locales para que ninguna sea coincidente con la federal o bien, continuando con la potestad otorgada a los estados, modificar  las  reglas  de  distribución  para  las  campañas  (actualmente,  en  elecciones no coincidentes con la federal, de los 48 minutos, a los partidos les tocan 18 minutos y 30 a las autoridades electorales), puesto que el tiempo dedicado a los contendientes de una elección es muy reducida en comparación con el tiempo otorgado en una elección federal; las autoridades no compiten y sin embargo cuentan con mucho tiempo que, muchas veces, ni siquiera están en posibilidades de cubrir, so pena de repetir hasta el cansancio los promocionales (muchas veces de calidad y contenido muy pobre).
  • Considerando que los electores deben conocer la plataforma electoral de los candidatos, éstos deberán participar en los debates regulados legalmente, donde puedan exponer sus propuestas de gobierno y contrastarlas con los candidatos opositores. Siendo obligada la participación, se deberá prevenir una sanción para quienes la incumplan, pudiendo ésta consistir en la suspensión por tiempo determinado de los promocionales que, en su caso, estén al aire en radio y televisión.
  • Los candidatos independientes, al igual que los partidos políticos, deberán ser sujetos obligados para efectos del acceso a la información, por lo que la legislación deberá establecer las reglas en materia de transparencia; prescribiendo para los candidatos sin partido la obligación de generar y mantener los registros documentales o electrónicos con los datos que pueden legalmente ser objeto de acceso para cualquier interesado, en términos similares a los exigidos para los partidos políticos.
  • Al tenor de las obligaciones de transparencia, los candidatos independientes deberán generar y mantener actualizados sus registros de control de los recursos que ingresan y ejercen, debiendo llevar los registros contables en la forma y términos determinados como obligatorios para los partidos políticos. La legislación electoral deberá considerar las reglas que obliguen a los candidatos independientes a rendir informes sobre el origen y destino de sus recursos, previo y durante el proceso electoral en el que participen; permitiendo en todo tiempo al órgano fiscalizador el acceso a sus archivos contables. El cumplimiento de las obligaciones en materia de fiscalización se deberán respaldar con la sanción correspondiente; al efecto, se propone la nulidad de la elección en la que pudiera resultar ganador el candidato independiente, cuando omita la presentación de sus informes sobre el origen y moto de los recursos aplicados en las campañas o, en su caso, cuando rebase los topes a los gastos de campaña. Tendría que valorarse también el requerimiento de alguna fianza para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones.
  • Los ciudadanos que pretendan participar como candidatos sin partido en los procesos electorales deberán notificar al órgano electoral su propósito con anticipación suficiente. La propuesta va en el sentido de que el ciudadano interesado deba dar vista a la autoridad electoral de sus pretensiones a más tardar en el mes de agosto del año previo al de la jornada electoral, plazo coincidente con el inicio de vigencia del registro de los partidos políticos de nueva creación. Esto permite a la autoridad tener certeza sobre el número de contendientes en la elección de que se trate, lo que asegura el cumplimiento de los plazos determinados en las legislaciones para desahogar los actos preparatorios de la elección son los tiempos suficientes para evitar errores, particularmente, si de vulneración de derechos se trata. Como ejemplo se cita la aprobación de la documentación y los materiales electorales, así como los documentos que sirven de base para la capacitación de funcionarios de casilla, además de los que ya se han referido con amplitud: el financiamiento, acceso a radio y televisión, fiscalización, entre otros.
  • La legislación deberá prevenir reglas para hacer operativas las candidaturas independientes en los procesos electorales, a efecto deberán regularse solamente para puestos de elección unipersonales y de mayoría relativa, como es el caso de Presidente República, Gobernador y Presidente Municipal; en este último caso, la candidatura deberá ir acompañada de la planilla correspondiente, con candidatos a síndico y regidores. No se consideran viables las candidaturas para cargos legislativos, puesto que, siendo congruentes con lo que se ha postulado de la transición de un régimen presidencialista a uno parlamentario, será a través de los partidos políticos que esto se haga posible, por lo que también debe enlazarse la relección de diputados y senadores para obligar la profesionalización de dichas figuras, pero vía postulación de partidos políticos. También, esta propuesta considera que la cultura política de las y los mexicanos siente más cercanas figuras o cargos unipersonales, por lo que la experiencia internacional también indica que las candidaturas independientes han probado su eficacia en este tipo de cargos a los que se ha hecho referencia. Se piensa, además, que en las cámaras y congresos locales la posibilidad de incidencia se da en función de la actuación de grupos parlamentarios, cuya regla básica federal es que existan al menos 5 legisladores de un partido político para conformarlo; aún cuando candidatos independientes pudieran unirse al grupo con el que mayormente se identifiquen, no tendría sentir postularse como independiente y, en el ejercicio del cargo obtenido, se supedite a postulados o reglas de partido político determinado.
  • La legislación electoral deberá tener en cuenta los principios Constitucionales que rigen el proceso electoral, por lo que a efecto de garantizar una operación adecuada de la contienda, deberá limitar el número de candidaturas independientes que puedan registrarse para cada elección. La propuesta va en el sentido de admitir entre uno y tres candidatos en la elección de que se trate, dependiendo del cargo y de la demarcación geográfica de que se trate.

Las primeras regulaciones en esta materia se dan en los estados de Yucatán y Zacatecas; sin embargo, desde el punto de vista particular no hacen viables las candidaturas independientes y, al contrario, ponen obstáculos y abren la puerta a candidatos no con base social, sino económica, de donde sea que los dineros se obtengan. Por ejemplo, si para la constitución de un partido político local, la ley electoral de Zacatecas solicita que se compruebe contar con un número de afilados igual o superior al 1% del padrón electoral; en cambio, al candidato independiente, en función del cargo por el que se postule, se le requiere de 5 a 15% de firmas que avalen su postulación; en esta lógica, a este ciudadano y el grupo que le respalde le resultaría de mayor ganancia y menos oneroso la consecución del 1% de afiliados y, obtenido el registro como partido político local, tiene acceso a todas prerrogativas establecidas en la ley: financiamiento público, acceso a radio y televisión, asignación de espacios por la vía plurinominal, etcétera.

Debe cuidarse la regulación para hacer efectiva la participación, con reglas, claro está, para evitar, como hemos reiterado, el abaratamiento de las candidaturas y el incremento sensible de los riesgos de descontrol en el proceso electoral en detrimento de la certeza, la legalidad y la equidad en las contiendas electorales. Pero dichas reglas, no pueden elevarse de manera tal que la apuesta sea la conformación de nuevos partidos o bien, que nunca se haga real el acceso de los ciudadanos a los cargos de elección, vía las candidaturas independientes.

Quedan hechos los apuntes.

Olga Alicia Castro Ramírez.

*Vocal Ejecutiva de la Junta Local del IFE en el Estado de Zacatecas.

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