COMERCIANTES DEL PASAJE GARCÍA DE LA CADENA PIDEN AL GOBIERNO SUS ESCRITURAS

plaza bicentenario

Zacatecas, Zac.- Propietarios de locales comerciales de la Plaza García de la Cadena, solicitaron al gobernador Miguel Alonso Reyes, una audiencia y su apoyo para la escrituración de sus locales.

En un comunicado dirigido al propio mandatario y a la opinión pública, los también integrantes de la organización “Comerciantes Unidos de Zacatecas” refieren que ese trámite quedó establecido en el convenio que firmaron luego de la expropiación de lo que fuera la ex Central Camionera.

A continuación les presentamos el texto íntegro de la petición de los comerciantes:

Zacatecas, Zac. a 01 de Noviembre de 2013

COMUNICADO DE PRENSA

PROPIETARIOS DEL PASAJE COMERCIAL “GARCÍA DE LA CADENA”

C. LIC. MIGUEL ALEJANDRO ALONSO REYES

GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE ZACATECAS

P R E S E N T E

Por medio del presente comunicado a la opinión pública y el cual le hacemos extensivo al Sr. Gobernador del Estado de Zacatecas, Lic. Miguel Alejandro Alonso Reyes, el cual sabemos que al escuchar nuestra petición por este medio, esperamos con gran prontitud que podamos tener un acercamiento al Derecho de Audiencia a la cual tenemos y que sabemos sabrá escuchar nuestra demanda justa, para lo cual, llegamos a los siguientes antecedentes:

En fecha veinticinco de Enero del año 2008, fue celebrado un ADENDUM AL CONVENIO FINIQUITO entre la empresa mercantil “COMERCIANTES UNIDOS DE ZACATECAS S.A. DE C.V.” que en lo sucesivo de denomino “COMERCIANTES UNIDOS” representados por los ciudadanos ROLANDO CHÁVEZ OLGUIN, JAVIER GANDARA JASSO E ISMAEL QUIROZ MUÑÓZ, Presidente, Tesorero y Secretario respectivamente del Consejo de Administración y por otra parte “GOBIERNO DEL ESTADO” representado por el Licenciado MIGUEL DE SANTIAGO REYES el cual fungía como COORDINADOR GENERAL JURÍDICO que en lo sucesivo se denominará GOBIERNO DEL ESTADO.

Pues bien este ADENDUM se derivo del CONVENIO celebrado en fecha veinticinco de enero de año 2008 entre “COMERCIANTES UNIDOS” y “GOBIERNO DEL ESTADO”, en donde los primeros nos comprometíamos a realizar la entrega del BIEN INMUEBLE expropiado el cual corresponde a la EXCENTRAL CAMIONERA lugar en donde ahora se encuentra construida la PLAZA BICENTENÁRIO y por otro lado “GOBIERNO DEL ESTADO” se comprometió a realizar el PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN correspondiente en el CONVENIO FINIQUITO y por el cual fue celebrado el presente ADENDUM, esto con la finalidad de detallar el mecanismo de cómo se llevaría a cabo el pago de la indemnización correspondiente a cada uno de los SOCIOS DE LA SOCIEDAD MERCANTÍL referida.

En este mismo documento que se elaboró derivado del CONVENIO FINIQUITO, se establecieron las siguientes CLÁUSULAS:

PRIMERA: Que “Comerciantes Unidos” y “Gobierno del Estado” convienen brindarse mutuamente la información necesaria, con la finalidad de dar agilidad al PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN a cada uno de los accionistas que integran dicha sociedad mercantil, trámite que se lleva ante el Juzgado Segundo del Ramo Civil del Distrito Judicial de la Capital.

SEGUNDA: Que “Comerciantes Unidos” se compromete a canjear las acciones que inicialmente fueron entregadas a sus integrantes, por las acciones nuevas a favor de “Gobierno del Estado”, o en todo caso a validar las que hayan sido entregadas al Juzgado mediante el pago correspondiente.

TERCERA: Que “GOBIERNO DEL ESTADO” se compromete a ESCRITURAR los locales que se encuentran ubicados en el Pasaje Comercial García de la Cadena a favor de los siguientes accionistas o a quien el beneficiario determine tomando en cuenta la siguiente relación, previo endoso de sus acciones a favor de “GOBIERNO DEL ESTADO”:

No.NombreNúmero de Local
1José Manuel Escobedo y / o Cointa Muñoz1
2Cointa Muñoz y / o José Manuel Escobedo2
3María de Jesús Padilla y / o Eliseo Padilla Gutiérrez3
4Víctor Manuel Rincón4
5Margarita Martínez Veyna5
6XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX6
7José Manuel Escobedo Torres7
8Elva Rincón8
9Javier Escobedo Torres9
10Javier Gándara Jasso10
11Agustín Andrade García11
12Pascual Quiroz Muñoz12
13José Antonio Escobedo y / o María Rubén Murillo Sánchez13
14José Antonio Escobedo y / o María Rubén Murillo Sánchez14
15Ismael Díaz Tiscareño15
16Rosa María Rivas Sánchez16
17Antonio Quiroz Muñoz17
18Erika Karina Carrillo Rivas y / o Luis Raudel Carrillo Rivas18
19Pascual Quiroz Muñoz19
20Griselda Carrillo20

Que dicha escrituración se realizará en CALIDAD DE PAGO que les corresponde a los beneficiarios como INDEMNIZACIÓN de la expropiación del BIEN INMUEBLE IDENTIFICADO COMO EX CENTRAL, para lo cual los trámites correspondientes se llevarán a cabo ante el Notario Público que posteriormente se determine.

Ahora bien, en fecha trece de Febrero de año 2008, ante el Licenciado JORGE OVALLE BELTRÁN, Juez Segundo del Ramo Civil del Distrito Judicial de la Capital y ante la Licenciada RAQUEL QUIROZ LUÉVANO Secretaria de Acuerdos, se levantaron Actas respectivas en donde hacemos de nuestro conocimiento que una vez que fueron entregadas las acciones de la Sociedad Mercantil denominada “COMERCIANTES UNIDOS DE ZACATECAS S.A. de C.V.” de las que éramos propietarios y que fueron endosadas a favor de “GOBIERNO DEL ESTADO”, con la finalidad de solicitar ante este Juzgado la expedición de las ESCRITURAS CORRESPONDIENTES, en donde se precisa el siguiente punto de interés……….sic….”previo cumplimiento por parte de GOBIERNO DEL ESTADO en el sentido de otorgar la escritura respectiva, por así haberlo aprobado el Consejo de Administración de las personas morales denominadas “COMERCIANTES UNIDOS DE ZACATECAS S.A. de C.V.”, en la inteligencia de que si GOBIERNO DEL ESTADO no expide la escritura a que se obligó en el CONVENIO DE FINIQUITO, se procederá en vía de ejecución forzosa, en el entendido de que si GOBIERNO DEL ESTADO DE ZACATECAS, cumple con su obligación de otorgar las escrituras respectivas, la Asociación de Administración denominada “COMERCIANTES UNIDOS DE ZACATECAS S.A. de C.V.”, renuncia a cualquier acción que pudiera ejercitar en contra de GOBIERNO DEL ESTADO DE ZACATECAS, y de otorgarse cabalmente las escrituras respectivas se tendrá por liquidado el importe que en lo individual le corresponde por la expropiación realizada. Documento firmado por el Juez Segundo del Ramo Civil, asó como por la Secretaria de Acuerdos, los intervinientes denominados “Comerciantes Unidos de Zacatecas S.A. de C.V., y sellado debidamente por el JUZGADO SEGUNDO DEL RAMO CIVIL DE ZACATECAS.

Haciendo del conocimiento en el presente comunicado que a la fecha no hemos obtenido ninguna respuesta por parte de GOBIERNO DEL ESTADO y / o alguna notificación por parte del JUZGADO SEGUNDO DEL RAMO CIVIL en cuanto a la escrituración de los locales comerciales del Pasaje Comercial “GARCÍA DE LA CADENA”, de tal suerte que no se ha cumplido con el ACUERDO DE FINIQUITO celebrado en fecha veinticinco de Enero de año 2008.

Posteriormente se derivó otro documento el cual fuera expedido por GOBIERNO DEL ESTADO, por medio de la OFICIALÍA MAYOR, en donde en el índice superior derecho como SECCIÓN es el DESPACHO DEL C. OFICIAL MAYOR DE GOBIERNO DEL ESTADO, EXPEDIENTE: EXCENTRAL, NO. DE OFICIO: 764 / 2008, ASUNTO: PAGO DE SERVICIOS, oficio que fuera expedido en fecha veinte de Junio de año 2008, mismo que fuera dirigido a los REPRESENTANTES DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD “COMERCIANTES UNIDOS DE ZACATECAS, S.A. DE C.V.”, oficio que fuera girado y firmado por el entonces OFICIAL MAYOR DE GOBIERNO DEL ESTADO EDUARDO RUIZ FIERRO, en donde señala lo siguiente:

Me permito hacer de su conocimiento que en virtud de que el Convenio Finiquito celebrado por ese Consejo y el Gobierno del Estado en fecha veinticinco de Enero de año 2008, y que tuvo como finalidad el de cubrir el pago por concepto de indemnización del inmueble conocido como EX – CENTRAL, expropiado en fecha diecinueve de Noviembre de 1996 a la Sociedad Mercantil denominada “Comerciantes Unidos de Zacatecas, S.A. de C.V.”, fue elevado a categoría de Cosa Juzgada. Que derivado del convenio el GOBIERNO otorgó como parte de la Indemnización, 20 locales comerciales que se ubican en el área conocida como Pasaje Comercial “García de la Cadena”, mismos que están en posesión de facto de alguno de sus socios y que serán ESCRITURADOS a las personas que ese consejo determine.

Posteriormente el Juzgado Segundo del Ramo Civil recibió una promoción por parte del representante de Gobierno del Estado Licenciado MIGUEL DE SANTIAGO REYES, dando una serie de manifestaciones relacionadas con la falta de cumplimiento al Convenio de Finiquito y Adendum en fecha veintiuno de Agosto de año 2008, y en fecha veintidós de Agosto del mismo año, el Juzgado Segundo del Ramo Civil resuelve de la siguiente manera: para justificar el retardo en el cumplimiento del Convenio de Finiquito y de su Adendum, si el bien inmueble objeto del Convenio pertenece a Gobierno del Estado, necesario resulta agotar el Procedimiento Administrativo de desincorporación, por estar la Legislatura del Estado en período de receso, reanudando actividades el día ocho de Septiembre del mismo año.

Entonces, como el promovente adquiere con los locatarios señalados en el Convenio de Finiquito “el compromiso de agilizar en la medida de lo posible los trámites respectivos”, el Juzgado determina que:

1.- Contará Gobierno del Estado con un plazo máximo de hasta el día martes treinta de Septiembre de dos mil ocho, para justificar mediante copia certificada que ante la legislatura del Estado de Zacatecas se ha formulado la solicitud de desincorporación, respecto del bien objeto del Convenio de Finiquito y de su Adendum.

2.- Apercíbase a Gobierno del Estado con multa de $95,000.00 (noventa y cinco mil pesos 00 / 100 moneda nacional) en caso de desacato……

3.- Notifíquese personalmente este acuerdo, para que dentro del plazo de tres días manifiesten lo que a su interés convenga, en el Pasaje Comercial García de la Cadena a los integrantes de la Sociedad Mercantil denominada COMERCIANTES UNIDOS S.A. de C.V.

De tal suerte que, desde que salió el acuerdo, no se recibió en los locales que ocupa el Pasaje Comercial García de la Cadena alguna notificación al respecto.

Por último tenemos que, en fecha Primero de Septiembre de año dos mil diez (01-Sept-2010) la HONORABLE QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, comunicó al EJECUTIVO DEL ESTADO para su promulgación y publicación el DECRETO # 530 del cual se desprende el siguiente DECRETO:

Primero.- Se autoriza al Ejecutivo del Estado la desincorporación del dominio público para su posterior enajenación en la modalidad de dación de pago, del inmueble descrito en el punto tercero de la parte expositiva del presente Decreto (refiriéndose al inmueble conocido como EX – CENTRAL), a favor de 19 locatarios conforme a lo establecido en la Cláusula Tercera del Adendum al Convenio de Finiquito de fecha veinticinco de Enero del año dos mil ocho, celebrado, por una parte por los Comerciantes Unidos de Zacatecas, S.A. de C.V., y por otra parte, el Gobierno del Estado de Zacatecas, mismo que fue elevado a la categoría de cosa juzgada dentro del expediente 425 / 2007 tramitado en el Juzgado Segundo del Ramo Civil del Distrito Judicial de la Capital.

Segundo.- Los gastos que se originen por motivo del traslado de dominio a que se refiere el artículo anterior, correrán por cuenta del Gobierno del Estado y las escrituras correspondientes, se harán de manera individual ante Notario Público, de conformidad con lo establecido en la Cláusula Tercera del Adendum al Convenio de Finiquito de fecha veinticinco de Enero de año dos mil ocho, referido en el punto inmediato anterior.

Tercero.- La superficie total del inmueble conocido como “ex central camionera” es de 10,530.15 metros cuadrados por lo que se autoriza únicamente la enajenación del que actualmente ocupa el pasaje comercial conocido como “García de la Cadena”, cuya superficie es de 881,398 metros cuadrados; en ese sentido tanto la parte superior como las inferiores del pasaje y todo el resto del predio, continuarán siendo propiedad del Gobierno del Estado. Al efecto, las escrituras correspondientes deberán particularizar las áreas de servidumbre de paso y de uso común.

Pues bien, es así como al hacer un análisis de todos y cada uno de los documentos aquí señalados, tanto del Convenio de Finiquito, del Adendum, del oficio girado por el Oficial Mayor de Gobierno del Estado, de las diligencias que se llevaron a cabo ante el Juez Segundo del Ramo Civil, así como por el DECRETO expedido por la HONORABLE QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, hemos de señalar que a la fecha de la publicación del presente comunicado, NO HEMOS OBTENIDO RESPUESTA ALGUNA POR PARTE DE LAS AUTORIDADES CORRESPONDIENTES, es decir, del propio Gobierno del Estado, del propio Juzgado Segundo del ramo Civil, de algún Notario Público que haya designado Gobierno del Estado para la debida ESCRITURACIÓN a la que tenemos derecho, de tal suerte que no contamos con la certeza jurídica de nuestra propiedad, ya que hasta la fecha ya en repetidas ocasiones hemos hecho los pagos correspondientes y aún no se ha obtenido la ESCRITURACIÓN MULTI CITADA.

Es por ello que por medio del presente COMUNICADO le hacemos saber SR. GOBERNADOR LIC. MIGUEL ALEJANDRO ALONSO REYES, que de la manera más atenta y atendiendo a nuestra necesidad de contar con dicho documento ya que es el patrimonio de nuestras familias y que con mucho esfuerzo hemos mantenido y sacado adelante con muchos sacrificios, le solicitamos tenga a bien girar sus respetables ordenes a quien corresponda, con la finalidad de agilizar y llevar a cabo dicha elaboración y entrega de nuestras ESCRITURAS y en su momento le solicitamos el DERECHO DE AUDIENCIA agradeciéndole de antemano se sirva a otorgarnos dicho derecho.

Confiamos y estamos seguros de que escuchara nuestra petición, así mismo le reiteramos la seguridad de nuestra especial y atenta consideración SR. GOBERNADOR.

Sin más por el momento, quedamos de Ud.

A T E N T A M E N T E

“PROPIETARIOS DEL PASAJE COMERCIAL GARCÍA DE LA CADENA”

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