PUBLICA SEDESOL LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE CONVERSIÓN SOCIAL

La Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) publicó en el Diario Oficial de la Federación las reglas de operación 2014 del Programa de Coinversión Social, a cargo del Instituto Nacional de Desarrollo Social (Indesol), que promueve proyectos de coinversión entre el gobierno y las organizaciones de la sociedad civil (OSC), instituciones de educación superior o centros de investigación comprometidos en trabajar corresponsablemente para el desarrollo social.

Los proyectos deben buscar apoyar a la población en situación de pobreza, exclusión, marginación, discapacidad, desigualdad de género o de vulnerabilidad, por lo que para ser considerados, las OSC, las instituciones educativas y los centros de investigación deben cumplir los siguientes criterios:

  1. Contar con un proyecto que cumpla los requisitos que marcan las reglas de operación y con las bases que establezca la convocatoria en la que participa.
  2. Acreditar la identidad de la persona designada como representante legal mediante una identificación oficial vigente. En caso de ser OSC, estar inscrita en el Registro Federal de las OSC y contar con la Clave Única de Inscripción (CLUNI).
  3. Cumplir los requisitos fiscales, de conformidad con la normatividad aplicable en la materia.
  4. Tener los recursos necesarios para la coinversión, que deben ser mínimo del 20 por ciento del costo total del proyecto, los cuales se podrán aportar en forma monetaria o en especie.
  5. Cumplir con la entrega del reporte final de actividades completo en los plazos que señale la instancia donde se financió el proyecto, en caso de haber sido apoyado previamente.
  6. Para las convocatorias que emita el Indesol, las OSC podrán presentar únicamente un proyecto en este ejercicio fiscal, y uno adicional en aquella que el Indesol convoque en coinversión con otra dependencia pública.
  7. Estar libre de irregularidades o cualquier otro tipo de impedimento jurídico administrativo con algún programa de la Sedesol o con alguna instancia pública.
  8. Los actores sociales que reciban apoyo del Programa de Coinversión Social no podrán recibir recursos por parte de otros programas federales para las mismas actividades.
  9. Si se presenta más de un proyecto, ya sea a nivel central o en delegaciones, las actividades propuestas deberán ser distintas para cada uno.

    Además, las OSC deben:

  • Haber entregado, a más tardar el 31 de enero del ejercicio fiscal correspondiente, el informe anual a la Comisión de Fomento a las Actividades de las OSC.
  • Haber realizado las modificaciones o actualizaciones de su información ante el Registro Federal de las OSC.

    Por su parte, las instituciones de educación superior y los centros de investigación deben:

  • Acreditar la personalidad jurídica de la persona representante del proyecto.
  • Acreditar la representación legal.
  • Estar dados de alta en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

    Los proyectos inscritos al PCS recibirán asesoría y capacitación gratuita. Los resultados de la etapa de validación se darán a conocer en un plazo no mayor a 30 días hábiles a partir del cierre de la convocatoria.

    Las reglas de operación 2014 del PCS se pueden consultar en la página de la Internet del Indesol: www.indesol.com.mx.

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