Inician funciones 58 Consejos Municipales del IEEZ

IEEZ1Zacatecas, Zac.- El Instituto Electoral del Estado de Zacatecas instaló los 58 Consejos Municipales Electorales, quienes tendrán la responsabilidad de organizar las elecciones de ayuntamientos, en el ámbito de su competencia. Con estas acciones, el IEEZ cumple puntualmente el calendario del Proceso Electoral 2017 – 2018, y se encuentran en funcionamiento los 18 Consejos Distritales Electorales y los 58 Municipales.

El próximo 1 de julio de 2018, en Zacatecas se renovará el poder Legislativo y los 58 Ayuntamientos, para lo cual se elegirán 30 Diputados: 18 propietarios y suplentes por el principio de mayoría relativa y 12 propietarios y suplentes por el principio de representación proporcional, de los cuales dos deberán tener al momento de la elección, la calidad de migrantes o binacionales, en los términos que establece la LEEZ. Además, se elegirán los 58 Ayuntamientos: incluyendo en la planilla a las Presidentas o Presidentes Municipales, Sindicaturas y Regidurías.

La instalación de los Consejos Municipales Electorales estuvo a cargo del Consejero Presidente, Mtro Virgilio Rivera Delgadillo, y de las Consejeras Electorales Elia Olivia Castro Rosales, Adelaida Ávalos Acosta, Brenda Mora Aguilera, y de los Consejeros Electorales Carlos Casas Roque, Jesús Frausto Sánchez y Arturo Sosa Carlos.

Los consejos municipales electorales, tendrán entre otras las siguientes atribuciones: Vigilar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en esta Ley, los acuerdos y resoluciones de las autoridades electorales.

En caso de que el Instituto Nacional delegue la facultad en el Instituto, conocer y opinar respecto de la propuesta del Consejo Distrital correspondiente, sobre el número, tipo y ubicación de las mesas directivas de casilla, que habrán de instalarse el día de la jornada electoral, así como participar en la insaculación de los funcionarios de casilla de su municipio, y apoyar en la capacitación atendiendo al programa que establezca el órgano electoral correspondiente.

Asimismo, en los plazos establecidos, recibir y tramitar las solicitudes de registro de las planillas de candidatos a integrar Ayuntamientos, que por el principio de mayoría relativa presenten los partidos políticos, las coaliciones o los candidatos independientes.

Además de efectuar el cómputo municipal de la elección; Calificar la procedencia o improcedencia del recuento de votación en términos de la Ley Electoral y, en su caso, realizar los procedimientos correspondientes; declarar la validez de la elección de Ayuntamientos por el principio de mayoría relativa; y expedir la constancia de mayoría de votos a la planilla que la haya obtenido.

Al rendir la protesta de Ley, las Consejeras y Consejeros Electorales exhortaron a las y los integrantes de los 58 Consejos Municipales Electorales a conducirse bajo los principios de la legalidad, con imparcialidad e independencia.

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