Para conmemorar el âDía Internacional en contra de la Violencia hacia la Mujerâ, el Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, por conducto de la Directora Ejecutiva de Paridad entre los Géneros, Lic. Orquídea Guadalupe Turriza Zapata, impartió una conferencia sobre el origen, significado y trascendencia de esta Conmemoración, para la militancia y dirigencia del Partido Revolucionario Institucional.
Dicha conferencia se llevó a cabo a solicitud de la Presidencia estatal del Organismo Nacional de Mujeres PrIÓstas (ONMPRI). A la cual asistió el profesor Juan Carlos Lozano Martínez, Presidente del CDE del PRI; así como integrantes de la LX Legislatura, dirigentes de organizaciones del PRI.
La Lic. Turriza Zapata explicó que el Día Internacional contra la Violencia hacia la Mujer fue establecido en el Primer Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe, celebrado en Bogotá, Colombia, en el año 1981, y difundido por diversa organizaciones de la sociedad civil a favor de los derechos humanos de las mujeres.
Precisó que este día se conmemora anualmente en memoria de las hermanas Mirabal (Patricia Mercedes, Minerva Argentina y Antonia María Teresa) violentamente asesinadas en la república Dominicana, el 25 de noviembre de 1960, por oponerse activamente a la dictadura de Rafael Leonidas Trujillo, quien ordenó su muerte.
El 17 de diciembre de 1999, la Asamblea General de las Naciones Unidas, en su Resolución 50/134, aprobó la conmemoración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, bajo propuesta de la República Dominicana y con el apoyo de más de 60 países.
Acompañada por la maestra Laura Ofelia Márquez Sandoval, Presidenta del Centro contra la Violencia en Zacatecas, A.C. la Lic. Turriza Zapata dijo en el mes de octubre de 2006 se presentó el Estudio a fondo sobre todas las formas de violencia contra la mujer, que demuestra que existen obligaciones concretas de los Estados para prevenir esta violencia, para tratar sus causas (la desigualdad histórica y la discriminación generalizada), así como para investigar, enjuiciar y castigar a los agresores.
Al explicar qué es la violencia contra la mujer, mencionó que la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Zacatecas en su artículo 7, fracción XVI se entiende a la Violencia contra las Mujeres como actos u omisiones intencionales, aislados o recurrentes, cuyo objetivo es dañar a las mujeres de diferentes maneras y en diversos espacios, independientemente de su edad, y del origen, contenido o significado de la conducta violenta.
La misma Ley, señaló, en su artículo 9 establece que los tipos de violencia hacia las mujeres son la violencia física, psicológica, sexual, económica y patrimonial; de igual manera, define en los artículos 10 al 15, como modalidades de la misma, las siguientes: la violencia familiar, la violencia laboral o docente, la violencia en la comunidad, la violencia institucional y la violencia feminicida.
Además, destacó que la âlas mujeres en nuestro país tenemos el derecho a vivir una vida libre de violenciaâ. Existe normatividad en esta materia, y destacan los instrumentos internacionales como la Convención sobre la eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, que en su artículo 7 garantiza el derecho a las mujeres, en igualdad de condiciones con los hombres a votar en todas las elecciones y referéndums públicos y ser elegibles para todos los organismos cuyos miembros sean objeto de elecciones públicas.
También, para participar en la formulación de las políticas gubernamentales y en la ejecución de éstas, y ocupar cargos públicos y ejercer todas las funciones públicas en todos los planos gubernamentales.
Así como para participar en organizaciones y en asociaciones no gubernamentales que se ocupen de la vida pública y política del país.
Por lo anterior, concluyó, los derechos políticos son derechos humanos de las mujeres y la violación o impedimento de su ejercicio constituye un acto discriminatorio y por consecuencia un ejercicio de violencia estructural contra las mujeres.