La gran ausente en las regulaciones secundarias de la reforma político electoral

Olga Alicia Castro Ramírez

Es destacable el gran trabajo que en el ámbito legislativo se ha realizado en las últimas semanas. Aun con las premuras en el tiempo y las voces en contra, finalmente este 23 de mayo se publicaron las leyes reglamentarias de la reforma constitucional en materia político electoral, cuyo decreto se publicó el 10 de febrero del año en curso. Tal como se mandató al hacer las modificaciones a las Constitución general, el Congreso de la Unión aprobó tres nuevos cuerpos normativos: Ley General de Partidos Políticos, Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, Ley General de Delitos Electorales. Además, otros tantos sufrieron modificaciones: Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.

Con la reciente aprobación y modificación a las leyes referidas, tal parece que se ha completado el ciclo que resultaba necesario para instrumentar los acuerdos que desde el Pacto por México se perfilaron entre las tres principales fuerzas del país y el titular del Ejecutivo federal, encaminados a mejorar las reglas de la competencia electoral y las que tienen que ver con el ejercicio del poder público en el país. Las modificaciones al sistema electoral tenderán a estandarizar la calidad de las elecciones en el país, con un obligado esfuerzo conjunto entre el Instituto Nacional Electoral y los organismos públicos locales de todas las entidades federativas, de los que se espera la conjunción de talentos, capacidades e historial de éxitos individuales para eficientar el uso de los recursos públicos y abaratar el costo de las elecciones, ahí donde sea posible con las fórmulas de organización recién aprobadas.

Sin duda alguna, las reformas hechas a la legislación tienen muchas bondades y representan avances importantes en el fortalecimiento de nuestra vida democrática y ello no hay que soslayarlo, antes bien, deben socializarse. De ello trataré de ocuparme en las siguientes entregas. Con reglas claras, el nuevo sistema nacional de elecciones podrá actuar con certidumbre en el arbitraje del proceso electoral que inicia en el mes de octubre próximo. No obstante lo anterior, deseo llamar la atención respecto a lo que considero una lastimosa omisión en la legislación secundaria que posibilita la instrumentación de los grandes acuerdos nacionales plasmados en nuestra carta magna y que tienen que ver con las reglas básicas de toda elección.

Reglas indispensables que garanticen el equilibrio en los comicios han ocupado la atención y los espacios del debate público en los últimos años; recientemente, también predominaron los trabajos desarrollados en el poder legislativo. Por ello, me parece inconcebible que no se hayan emitido ya las leyes que reglamenten lo dispuesto en el artículo 134, párrafo octavo, de la Constitución, que prohíbe la

inclusión de nombres, imágenes, voces o símbolos en la propaganda de los entes de gobierno, que impliquen la promoción personalizada de cualquier servidor público. El mandato expreso es la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.

Las últimas dos elecciones presidenciales habían dejado claramente de manifiesto la imperiosa necesidad de mejores regulaciones que imposibilitaran, en las campañas electorales, lo siguiente: el ingreso de dinero de procedencia ilícita; el uso de recursos provenientes de poderes públicos de todos los ámbitos de gobierno; la tergiversación de la función pública y los recursos que tienen a su disposición los servidores, para su promoción en tiempos y con medios que no le son lícitos; la sanción efectiva a candidatos ganadores que rebasaran el tope de gastos permitido; el uso de programas sociales y, toda modalidad que implicara compra y coacción del voto. Sin duda alguna, todas estas prácticas envilecen la política y a quienes obtienen el triunfo por estos medios.

Es de aplaudirse los avances que la reforma trae en este sentido; particularmente, hay una gran apuesta a que la investigación y sanción de delitos electorales, con el nuevo marco normativo, sea más efectiva en la contención de estas conductas. Sin embargo, la gran ausencia de una ley que posibilite la sanción a los servidores públicos que empleen su cargo y los recursos a su disposición para influir en las elecciones, deja abierto el debate que fue interminable en el Instituto Federal Electoral y que ahora ensombrece al naciente Instituto Nacional Electoral, que se estrenará con el expediente que el Tribunal Electoral le ha devuelto para su análisis, en el que se acusa al Gobernador de Chiapas de violar las disposiciones constitucionales en comento.

No debe dejarse de lado que igual suerte han corrido las legislaciones de los estados de la república, en 17 de los cuales (al igual que en el ámbito federal) habrá elecciones en el 2015. Se elegirán a 9 gobernadores el próximo año y este no será un tema que escape a los comicios venideros. Este escenario no parece nada propicio para el naciente sistema nacional de elecciones, el que, con el INE a la cabeza, corre el riesgo de ver mermada su actuación a partir de una insuficiencia en la legislación.

Aún es tiempo de aprobar las leyes faltantes, lo preocupante es que nadie parece estar ocupándose de ello.

Delegada del INE en Zacatecas

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