Los contenidos de Facebook por si solos no se deben considerar propaganda política: TRIJEZ

IMG_4632En Sesión Pública, el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (TRIJEZ) resolvió cinco Procedimientos Especiales Sancionadores, promovidos por diversos partidos políticos en contra de partidos políticos, ex candidatos y presidentes municipales por violaciones a la normatividad electoral.

Los primeros dos Procedimientos Especiales Sancionadores fueron promovidos por el PRI y el PVEM en contra de Octavio de la Torre Jiménez y el PAN, por la supuesta realización de actos anticipados de campaña, utilización de recursos públicos para promocionar su imagen y entrega de artículos utilitarios en Jerez.

Al respecto, el TRIJEZ declaró inexistente la violación objeto de la queja en lo que respecta a la utilización de recursos públicos tendientes a la obtención del voto y entrega de material textil, pues el PRI ofreció como medios de prueba imágenes de la página “Facebook” y dichos mensajes, por si solos, sin que existan otros medios que los vinculen, resultarían insuficientes para considerarlos como propaganda electoral, dado que los contenidos de esa red social resultan insuficientes para que se le dé ese carácter.

Por otro lado, en el mismo procedimiento se acreditaron actos anticipados de campaña por parte de Octavio de la Torre Jiménez, por la difusión de una entrevista en la revista Gente & Estilo, así como culpa in vigilando por parte del PAN por faltar a su deber de vigilar la conducta de su entonces precandidato. Por lo anterior, el Pleno determinó imponerles una amonestación pública.

El tercer Procedimiento Especial Sancionador fue promovido por el PRI en contra de Eleuterio Ramos Leal, Presidente Municipal de Valparaíso, por su presunta participación en tres eventos políticos llevados a cabo por la “Coalición Unid@s por Zacatecas”.

El Tribunal determinó declarar inexistente la denuncia, pues se comprobó que la asistencia a dichos actos políticos por parte del referido Presidente Municipal se realizó en días inhábiles.

Se resolvió también el Procedimiento Especial Sancionador promovido por Morena en contra de Rafael Sescosse Soto, en su carácter de Jefe de la Oficina del Gobernador del Estado, y Jorge Torres Mercado, en su calidad de candidato a diputado de mayoría relativa en el distrito VII, por la presunta utilización de recursos públicos en favor de Alejandro Tello Cristerna. Al respecto, los

Magistrados determinaron que las pruebas aportadas carecían de eficacia para acreditar la irregularidad y, por tanto, declararon la inexistencia de la infracción.

Finalmente, el quinto Procedimiento Especial Sancionador fue promovido por Morena en contra del PRI por la publicación de encuestas de opinión en la red social Facebook durante periodo prohibido. El Pleno determinó que la imagen que aportó el denunciante fue insuficiente para establecer la responsabilidad del PRI.

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