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El objeto es regular los servicios de estacionamiento público de paga, así como de recepción, acomodamiento y guarda de vehículos, y dar facultades a los municipios para reglamentar los horarios, particularmente en la capital del estado, donde es necesario reactivar el centro histórico e impulsar una mejor afluencia turística.
El Ejecutivo estatal presenta esta norma, con la intención primordial de ampliar los horarios y todos los servicios que prestan los estacionamientos, anteponiendo los intereses de los ciudadanos que hacen uso de éstos y preocupado porque tengan seguridad y certeza jurídica.
Con base en esta Ley marco, los ayuntamientos podrán prever los costos, el uso de relojes calibrados a cobros por minuto efectivo, tener a la vista el tabulador de precios, así como contar con un seguro de daños materiales.
Asimismo, deberán presentar adecuaciones en sus instalaciones para personas con discapacidad, especificar y ampliar los horarios de servicio, visualizando que la capital y otros municipios reciben una amplia gama de turistas de diferentes regiones.
Esta iniciativa permitirá a los ayuntamientos del estado tener la posibilidad de otorgar, negar, revocar y cancelar las licencias municipales de funcionamiento o registros de empadronamiento, para los estacionamientos públicos y servicios de recepción, acomodamiento y guarda de vehículos.