APRUEBAN EMPRí‰STITO AL GOBIERNO POR MíS DE 300 MILLONES DE PESOS

Aprobado  Dictamen para modificar decreto 206

Con 23 votos a favor y 3 en contra, se aprobó el dictamen de las Comisiones Unidas de Vigilancia, Primera y Segunda de Hacienda, para reformar el decreto número 206, que  autoriza al gobernador del Estado a celebrar uno o más empréstitos por un monto de hasta 4 mil 897 millones 850 mil pesos.

Durante la lectura del documento se informó que las comisiones dictaminadoras tuvieron una reunión con la comparecencia del secretario de Seguridad Pública, del secretario de Finanzas, así­ como del secretario de Obras Públicas, quienes expusieron a los legisladores los motivos y razones para modificar el decreto número 206.

En general se modifican  algunos proyectos correspondientes a dependencias como La Secretarí­a de Desarrollo Económico, Secretarí­a de Obras Públicas, y Secretarí­a de Seguridad. Entre otras cosas, a la SEDEZAC se destinarán 150 millones de pesos, 70 millones al gasoducto y 60 millones para el mega parque industrial aeropuerto.

Dictamen para autorizar al gobierno del Estado contrate un empréstito

Con 23 votos a favor, 5 en contra y ninguna abstención, los diputados aprobaron el dictamen de las Comisiones Unidas de Vigilancia, Primera y Segunda de Hacienda, para autorizar al gobierno del Estado de Zacatecas, para que por conducto de la Secretarí­a de Finanzas, contrate uno o varios créditos, hasta por la cantidad de 307 millones 092 mil 971 pesos, en el marco del programa de financiamiento del Fondo de Apoyo para Infraestructura y Seguridad.

A fin de valorar la solicitud, los legisladores citaron a comparecer ante las Comisiones Dictaminadoras, a los secretarios de Finanzas, Obras Públicas y Seguridad.

Entre los proyectos que se plantean en la solicitud de aprobación del empréstito, está la construcción  de un Sistema de Transporte Integrado, que consiste en la construcción de un corredor troncal  con ví­a reservada al transporte público que cruce la zona conurbada de Zacatecas y Guadalupe. En materia de seguridad se pretende continuar con la segunda etapa de la construcción del Instituto Zacatecano de Ciencias Forenses, así­ como construir un edificio con dormitorios y comedor para la Policí­a Estatal.

Las ventajas del  tipo de financiamiento aprobado, se informó,  consiste en que el Estado únicamente cubrirá de manera ordinaria los intereses que se generen por la contratación y  quienes accedan al mismo, podrán cubrir el costo de nuevas inversiones asociadas a proyectos en ejecución, o bien nuevos proyectos, de esa forma,  los recursos podrán ser utilizados para Infraestructura en General y para Seguridad Pública.

Lectura de Decreto para autorizar enajenación de un bien inmueble

Se autorizó  la iniciativa de decreto para que el  gobierno del Estado,  enajene  en calidad de donación un bien inmueble a favor del Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial del Estado.

Previamente el Poder Judicial solicitó al gobernador del Estado la donación de una superficie de 3 mil metros cuadrados  para destinarlo a la construcción de sus instalaciones sede, a fin de fortalecer su tarea de impartición de justicia electoral, consolidando con ello, el sistema democrático.

La enajenación en calidad de donación que se autoriza, tendrá un plazo de ejecución que no deberá exceder los 5 años.

Iniciativa de Decreto para reformar la Ley de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas

Igualmente los diputados de la sexagésima legislatura aprobaron  iniciativa de decreto que reforma el artí­culo 68 de la Ley de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

El objeto de esta reforma es complementar la lista de  enfermedades laborales para que queden inscritas en la sección tercera que establece  la pensión por invalidez en su artí­culo 68  para quedar como sigue:

«Los trabajadores que resulten inhabilitados fí­sica o mentalmente debido a accidente o riesgo de trabajo, y/o enfermedades generales, y hayan cotizado al Instituto por lo menos durante 15 años consecutivos, tendrán derecho a pensión por invalidez, siguiendo los principios de la pensión por jubilación, en lo conducente.»

Dictamen respecto a solicitud de Enajenación a favor del municipio de Guadalupe

Se aprobó  el dictamen mediante el cual se  autoriza al Gobierno del Estado, a enajenar en calidad de donación un bien inmueble a favor del ayuntamiento de Guadalupe.

La ejecución del proyecto estará condicionada a que dicho inmueble sea utilizado para albergar exclusivamente las instalaciones de la Presidencia Municipal. De no cumplirse en sus términos lo anterior, operará la reversión del predio a favor del patrimonio del Estado.

El predio a donar es de una superficie de 16 mil 289 metros cuadrados.

El dictamen fue aprobado por unanimidad de los 26 diputados presentes.

Dictamen para reformar decreto 113

Se  aprobó  el dictamen relativo a la iniciativa que reforma el decreto número 113, expedido por la quincuagésima novena legislatura del Estado. Dicho decreto consistí­a en la autorización  al municipio de Guadalupe, a enajenar bajo la modalidad de permuta un bien inmueble a favor del ciudadano Francisco Torres Reyes.

De esa forma se  autoriza al Ayuntamiento de Guadalupe, Zacatecas, a enajenar en calidad de Donación y en su oportunidad escriturar, el bien inmueble propiedad del Municipio.

El dictamen fue aprobado con 19 votos a favor, dos en contra y dos abstenciones.

DONACIONES Y ENAJENACIONES

El pleno de la Asamblea Legislativa autorizó al ayuntamiento de Morelos Zacatecas, para enajenar un bien inmueble a favor de la persona moral Autogestión Campesina, Frente Popular de Lucha de Zacatecas.

La comisión dictaminadora consideró que era procedente la autorización de enajenación en calidad de permuta, ya que se contó con la documentación necesaria para acreditar la existencia fí­sica y jurí­dica de los inmuebles que se darí­an en permuta.

Con 20 votos a favor, uno en contra, y una abstención, se aprobó el dictamen por el pleno de los diputados.

Se autorizó al Ayuntamiento de Calera,  celebrar un contrato de donación con la persona moral denominada «Asociación Religiosa Parroquia de Nuestro Señor del Consuelo» La enajenación en calidad de donación que se autoriza y los plazos de ejecución del proyecto destino de la enajenación, deberán cumplirse en un plazo que no excederá de cinco años contados a partir de la vigencia del respectivo Decreto.

Con 21 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones se aprobó el dictamen

La Comisión dictaminadora elevó a la consideración del pleno su opinión de que es procedente autorizar al ayuntamiento de Guadalupe Zacatecas, la enajenación de un predio a favor de la señora Ana Marí­a Llamas Márquez.

La superficie del bien inmueble es de 87 metros cuadrados. El dictamen se aprobó con 16 votos a favor, 5 en contra y sin abstenciones.

Se autorizó  al Ayuntamiento de Guadalupe, Zacatecas,  celebrar contrato de permuta con el C. Francisco Guerrero Ahumada respecto  de 3 predios. Los diputados integrantes de la comisión, consideraron que está  plenamente acreditada la existencia fí­sica y jurí­dica de los inmuebles que se darí­an en permuta.

Previo a la aprobación del dictamen, el legislador Jorge ílvarez Máynez se registró para hablar en contra. 12 votos se registraron a favor y 6 en contra.

La Comisión Primera de Hacienda estimó conveniente autorizar al ayuntamiento municipal de Loreto, a celebrar contrato de arrendamiento hasta por un periodo de 15 años respecto de un bien inmueble propiedad del municipio con la empresa Bodega Aurrerá, de la cadena de tiendas Wal-Mart, en virtud a los beneficios para el desarrollo económico que se generarí­a en la región.

El Municipio establecerá  un fideicomiso para administrar  un fondo económico, para que  el producto del arrendamiento se destine a la construcción de un mercado en el Municipio.

La legisladora Geovanna Bañuelos se registró para hablar a favor del dictamen, el cual finalmente se aprobó con 12 votos a favor, y 6 en contra.

Se consideró procedente autorizar la solicitud del ayuntamiento de Guadalupe para que enajene  un bien inmueble a favor de la ciudadana Nallely Citlali Rosales Saldaña.

El dictamen fue aprobado por la unanimidad de los diputados presentes en el pleno.

La diputada Geovanna Bañuelos (PT) presentó una reserva en lo particular, sin embargo 16 legisladores votaron por que el dictamen quedara en sus términos, y sólo 6 votaron a favor de la reserva, por lo que al final el dictamen quedó en sus términos originales.

Así­ mismo se consideró procedente autorizar al ayuntamiento de Jerez, la enajenación de un predio con el objeto de restituirle al Ejido El Molino, la afectación de una parcela que tendrá destino educativo.

El dictamen se aprobó por 18 votos a favor, dos en contra y una abstención.

Las Comisiones Primera y Segunda de Hacienda estimaron conveniente proponer a la asamblea popular, la aprobación de la modificación al decreto 239 a efecto de beneficiar el desarrollo industrial en el Estado.

Con la reforma del decreto que habí­a sido publicada en el Periódico Oficial el 7 de marzo de 1979, Se autoriza al Ejecutivo del Estado para que venda o permute a los industriales que se interesen en establecer sus empresas en el Estado de Zacatecas, los terrenos que se localizan en la Zona Industrial de Guadalupe, Zacatecas.

Se aprobó el dictamen con 19 votos a favor, 3 en contra y una abstención

Se elevó a la consideración del pleno el aprobar la enajenación en calidad de compraventa de dos bienes inmuebles que hace el Fideicomiso Zacatecas, a favor de la persona moral denominada “Grupo Profrezac, S.A. de C.V.”, para la realización de sus actividades a la industria de la obra, beneficiando el desarrollo económico del Estado.

Con 18 votos a favor, uno en contra y dos abstenciones se aprobó el dictamen.

CUENTAS PíšBLICAS

Por unanimidad de los diputados presentes (22), se aprobaron los dictámenes de las cuentas públicas de los municipios de Concepción del Oro, Guadalupe, Melchor Ocampo; Monte Escobedo, Noria de íngeles, Pánuco, Trinidad Garcí­a de la Cadena, Villa Garcí­a, Nochistlán, Juan Aldama y del Sistema  Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de San Antonio del Ciprés, Panuco.

Concepción del Oro

El dictamen de la Cuenta Pública del municipio de Concepción del Oro, correspondiente al ejercicio fiscal 2010, establece que la Auditorí­a Superior del Estado, iniciará ante las autoridades correspondientes la promoción del fincamiento de responsabilidades administrativas por el orden de 470 mil 302 pesos a quienes se desempeñaron como Presidente, Tesoreros y Director de Desarrollo Económico y Social, funcionarios municipales durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre del 2010, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos.

Además, a los mismos funcionarios se les establece el fincamiento de responsabilidades resarcitorias por 100 mil 813 pesos, por la no solventación de diversas observaciones.

Municipio de Guadalupe

La cuenta pública del ejercicio fiscal 2010 del municipio de Guadalupe, arroja sanciones administrativas por un monto total de 2 millones 032 mil 915 pesos, de los cuales corresponden al periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, la cantidad de 2 millones 032 mil 915  pesos a quienes se desempeñaron como Presidente Municipal, Tesorera,   Director de Desarrollo Económico y Social y Director de Obras y Servicios Públicos, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos.

De igual forma se establecen sanciones resarcitorias por 11 millones 291 mil 297 pesos, de los cuales 9 millones 828 mil 824 pesos corresponden al periodo comprendido del 1 de enero al 15 de septiembre del 2010.

Melchor Ocampo

Para el municipio de Melchor Ocampo se establece el fincamiento de responsabilidades administrativas por un monto total de 298 mil 340 pesos que corresponden en su totalidad a la Administración en funciones durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, a quienes se desempeñaron como Presidente Municipal, Tesorero,  Director de Desarrollo Económico y Social y Director de Obras y Servicios Públicos, respectivamente, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos.

Las sanciones resarcitorias ascienden a 79 mil 986 pesos a integrantes de la Administración Municipal por el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010, relativo a diversas acciones.

Monte Escobedo

La cuenta pública del municipio de Monte Escobedo, arrojó sanciones administrativas por un monto total de un millón 172 mil 955 pesos, de los cuales corresponden al periodo del 1 de enero al 15 de septiembre del 2010 la cantidad de 746 mil 303 pesos.

Las sanciones resarcitorias son por el orden de 571 mil 112 pesos a quienes se desempeñaron como Presidente, Tesorero, Director de Desarrollo Económico y Social y Director de Obras y Servicios Públicos, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos.

Noria de íngeles

Al municipio de Noria de íngeles se le fincan sanciones administrativas por un importe total de un millón 096 mil 488 pesos, de los cuales corresponde del periodo del 1 de enero al 15 de septiembre del 2010 un monto de 217 mil 377 pesos a quienes se desempeñaron como Presidente, Sí­ndico, Tesorera y Director de Desarrollo Económico y Social, Municipales durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre de 2010, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos.

De igual forma se establece el fincamiento de responsabilidades resarcitorias por un importe total de 382 mil 545 pesos, de los cuales corresponde al periodo del 1 de enero al 15 de septiembre de 2010 un importe de 122 mil 727 pesos a quienes se desempeñaron como Presidente Municipal, Tesorera, Director de Desarrollo Económico y Social y Regidores, así­ como Asesor Jurí­dico y Contratista.

También se establecen sanciones resarcitorias por un importe de 259 mil 817 pesos los cuales corresponden al periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010, por la no solventación del Pliego de Observaciones, a quienes se desempeñaron como Presidente, Tesorero, Secretario de Gobierno, Director de Obras y Servicios Públicos y Director de Desarrollo Económico y Social Municipales, así­ como Regidores y Secretarias.

Municipio de Pánuco

El dictamen de la cuenta pública 2010 del municipio de Pánuco, establece que la Auditorí­a Superior del Estado iniciará el fincamiento de responsabilidades administrativas por el orden de 5 millones 861 mil 636 pesos correspondiendo al perí­odo del 1° de enero al 15 de septiembre del 2010, el mismo importe. Los funcionarios sancionados son quienes se desempeñaron como Presidente, Tesorero, dos Regidoras, Director de Desarrollo Económico y Social y Director de Obras y Servicios Públicos.

Además se fincan responsabilidades resarcitorias por la cantidad de 433 mil 413 pesos correspondiendo al perí­odo del 1 de enero al 15 de septiembre del ejercicio fiscal 2010, por la no solventación del Pliego de Observaciones.

Trinidad Garcí­a de la Cadena

Para el municipio de Trinidad Garcí­a de la Cadena se fincan responsabilidades administrativas por un monto total de 244 mil 150 pesos a quienes se desempeñaron como Presidente Municipal, Director de Obras y Servicios Públicos y Director de Desarrollo Económico y Social, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos.

Además La Auditorí­a Superior del Estado iniciará la promoción para el ejercicio de la facultad de comprobación fiscal, comunicando a las autoridades del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el aspecto observado al municipio de Trinidad Garcí­a de la Cadena, Zacatecas, por lo que se refiere a prestador de servicios que presenta irregularidades fiscales en su documentación por un importe de 63 mil 800.

Villa Garcí­a

La cuenta pública 2010 del municipio de Villa Garcí­a establece la promoción para el fincamiento de responsabilidades administrativas por un monto de 10 millones 891 mil 199 pesos, a quienes se desempeñaron como Presidentes Municipales el primero del periodo del 1° de enero al 1° de marzo y del 8 de marzo al 1° de abril, y el segundo del 2 de abril al 15 de septiembre, Tesorero Municipal, Secretario de Gobierno y Director de Obras Públicas, durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos.

Además se fincan responsabilidades resarcitorias por la cantidad de 835 mil 094 pesos  a integrantes de la Administración Municipal por el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010.

Además, se fincan responsabilidades Administrativas por 903 mil 877 pesos derivadas de las Acciones de Solicitud de aclaración, a quienes se desempeñaron como Presidente, Sí­ndica, Secretario, Contralor, Director de Desarrollo Económico y Social y Director de Obras Públicas durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a su respectivo cargo.

También se fincan responsabilidades resarcitorias por 153 mil 229 pesos a integrantes de la Administración Municipal por el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010.

Municipio de Nochistlán

Para el municipio de Nochistlán se fijaron responsabilidades administrativas por un monto de 660 mil 635 pesos a quienes se desempeñaron como Presidente Municipal, miembros del H. Ayuntamiento, Tesorera Municipal y Director de Obras y Servicios Públicos. Además se fincan responsabilidades administrativas sin importe a quienes se desempeñaron como miembros del H. Ayuntamiento y empleados de la administración municipal, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a su respectivo cargo.

La sanción resarcitoria asciende a 126 mil 581 pesos a integrantes de la Administración Municipal por el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010.

De igual forma se fincan sanciones resarcitorias por 515 mil 249 pesos a integrantes de la Administración Municipal por el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010.

Municipio de Juan Aldama

La Auditorí­a Superior del Estado iniciará ante las autoridades correspondientes la promoción para el fincamiento de responsabilidades administrativas por un monto de un millón de pesos a quienes se desempeñaron como Presidente Municipal, Director de Desarrollo Económico y Director de Obras Públicas, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos.

Además se fincan sanciones administrativas por 408 mil 451 pesos a quienes se desempeñaron como Presidente, Sí­ndico, Regidores y Regidoras, Tesorera y Director de Desarrollo Económico, durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010.

De igual forma se establecen sanciones resarcitorias por la cantidad de 492 mil 121 pesos a integrantes de la Administración Municipal por el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre de 2010, y por 103 mil 384 pesos a los integrantes de la Administración Municipal por el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010.

Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2010 del Sistema Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de San Antonio del Ciprés, Pánuco, Zacatecas.

En el dictamen de la cuenta pública 2010 del Sistema Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de San Antonio del Ciprés, Pánuco, Zacatecas, establece que la Auditorí­a Superior del Estado presentará ante las autoridades correspondientes una denuncia de hechos por la cantidad de 98 mil 971 pesos correspondiendo al perí­odo del septiembre  a diciembre del 2010, derivada de la acción AF-10/45-AP-001 al  C. Bernardo Castillo Guerrero, Director del Sistema Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de San Antonio del Ciprés, Pánuco, Zacatecas,  para que se investiguen hechos probablemente constitutivos de delito, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos.

Así­ mismo se fincan responsabilidades administrativas a quienes se desempeñaron como Director del Sistema Municipal de Agua Potable de Pánuco, durante el periodo de enero a agosto de 2010, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos, así­ como a quien se desempeñó como Director del Sistema Municipal de Agua Potable de Pánuco, durante el periodo de septiembre a diciembre del mismo año.

Se instruye a la Auditorí­a Superior continúe el trámite de denuncia de hechos por 339 mil 330 pesos de los cuales corresponden al periodo de enero a  agosto de 2010, la cantidad de  240 mil 358 pesos derivada de la acción AF-10/45-AP-001, al C. Manuel Ignacio Castillo Martí­nez, Director del Sistema Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de San Antonio del Ciprés, Pánuco, Zacatecas, durante el periodo de enero a agosto de 2010 para que se investiguen hechos probablemente constitutivos de delito, por el incumplimiento de las obligaciones inherentes a sus respectivos cargos.

Sin más asuntos que tratar el Presidente de la Mesa Directiva en turno, Noemí­ Berenice Luna Ayala, cito al pleno de la asamblea para el próximo martes 11 de diciembre a las 11.00 hs.

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