Zacatecas, Zac.- Los magistrados integrantes del Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito con sede en la Ciudad de Zacatecas, al resolver el recurso de revisión número 56/2011 el día 17 de marzo pasado, determinaron conceder la suspensión definitiva a favor de Amalia García Medina.
El Poder Judicial de la Federación ordenó al Contralor Interno que no puede tener por consentidas las observaciones que se le hicieron a Amalia García, ni puede dictar resolución en el procedimiento administrativo, hasta que se resuelva el fondo del juicio de amparo.
Cabe recordar que en esta demanda de amparo la defensa de Amalia García hizo valer que no le estaban siendo respetados derechos mínimos de audiencia y defensa por parte de la Contraloría, en particular el derecho a la no auto-incriminación coactiva o forzada.
El Tribunal Colegiado revocó la resolución dictada por el Juez Segundo de Distrito en el Estado y decidió:
 â⦠lo que se impone es conceder en forma definitiva la suspensión solicitada por la impetrante de garantías, para el efecto que ésta no quede constreñida a rendir el informe circunstanciado que le fue requerido por la autoridad responsable, sin que tal abstención pueda implicar que se le tengan por consentidos los hechos u omisiones que se le imputan, continuándose con el procedimiento natural que se instruye contra la quejosa hasta antes de dictarse resolución firme en él, cuyo dictado se deberá reservar en tanto se resuelva el fondo del juicio de amparo principal.â
Contrario a lo que ha sostenido la Contraloría, estas acciones de defensa solamente buscan garantizar que el procedimiento administrativo se lleve con justicia y legalidad y en apego al marco constitucional.
Amalia García reitero: âSeguiremos buscando que el procedimiento se lleve en el marco del derecho, con imparcialidad y con plena transparencia, para que la sociedad Zacatecana pueda conocer la verdad de los hechosâ.