“FRAUDE”, NUEVO REGLAMENTO DE LA AVG: OCNF

 Hace más complejo el trámite y excluye a la sociedad civil

Por Anayeli García Martínez

México, DF.(Cimacnoticias).- Ante la inoperancia de la Alerta de Violencia de Género (AVG), mecanismo de emergencia para paliar las agresiones contra las mujeres, el Ejecutivo federal publicó hoy una reforma que enreda aún más un proceso que de por sí no ayuda a erradicar las desapariciones, asesinatos, violaciones o ataques contra las mexicanas.

Este 25 de noviembre, Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, el Ejecutivo publicó un decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversos artículos del Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV).

El objetivo de la reforma en la que trabajó el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) era modificar el proceso por el que se decreta la AVG, ya que según el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) la actual norma –que data de marzo de 2008– impedía que se activara el mecanismo de alerta.

Al respecto de la publicación, María de la Luz Estrada, coordinadora del OCNF, advirtió que las modificaciones no agilizan el proceso y en realidad son un “fraude”, porque lejos de garantizar la investigación y sanción de los delitos de género la norma viene a proteger a los gobernadores de los territorios donde existe violencia exacerbada.

Estrada señaló que hay tres temas de preocupación: primero, que el grupo de trabajo encargado de investigar los casos no será imparcial; segundo, que las organizaciones civiles que pidan la AVG no podrán intervenir en el proceso, y tercero, que los gobernadores podrán implementar acciones de prevención y atención para evitar que proceda el mecanismo de emergencia.

Con la reforma se elimina del reglamento la disposición que decía que cuando llegara una solicitud de AVG primero se votaría para acordar si procedía una investigación y dependiendo del resultado se decretaría o no la alerta.

El nuevo artículo 34 dice que cuando la solicitud contenga la totalidad de los requisitos el Inmujeres y la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) resolverán sobre la admisión de la solicitud, en un plazo de tres días hábiles.

La nueva redacción además mantiene la condición de que la solicitud se debe presentar por escrito y destaca que esta petición la pueden hacer organismos estatales, nacionales o internacionales de Derechos Humanos (DH), así como organizaciones civiles, siempre y cuando estén legalmente constituidas.

A decir de la coordinadora del OCNF –organización que ha solicitado la AVG para entidades como el Estado de México–, cuando proceda una petición el Inmujeres conformará un grupo de trabajo que estudie y analice la situación que guarda el territorio sobre el que se señala hay violación a los DH de las mujeres, ya sea por violencia feminicida o una ley que vulnera a la población femenina.

No obstante, Estrada observó que este grupo de trabajo no será imparcial, ya que estará integrado por un representante del Inmujeres; uno de la Conavim; uno de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH); dos académicos del estado denunciado, un académico nacional, y alguien más del Instituto de las Mujeres estatal.

De acuerdo con Luz Estrada, se ha visto que en otros casos las instancias que dependen del Ejecutivo local o federal defienden a sus gobernantes y a sus instituciones, y por tanto niegan que haya violencia y ven el tema como algo político, pese a que haya cifras ciertas al respecto. Por ello mencionó que esta forma de trabajo es la menos idónea.

Si bien se supone que la admisión de una petición debe ser rápida, este grupo de trabajo tendrá hasta 30 días naturales para hacer su investigación y solicitar a la Secretaría de Gobernación, a través de la Conavim, que analice la posibilidad de implementar, junto con las autoridades federales, locales o municipales, medidas provisionales de seguridad y justicia.

Cuando el grupo de especialistas no encuentre elementos suficientes que le permitan comprobar los hechos que dieron lugar a la solicitud, se desechará el caso y una nueva solicitud por los mismos hechos deberá presentarse tres meses después.

Estrada afirmó que en caso de que la investigación constate que sí hay violencia, entonces continuaría el camino administrativo y la Conavim –instancia que, por cierto, lleva casi un año acéfala– enviará el informe del grupo de trabajo al gobernador de la entidad correspondiente, quien decidirá si acepta o no las conclusiones.

Una vez realizado este proceso, la Segob podrá decretar la AVG y si el gobernador en turno acepta las recomendaciones tendrá seis meses para informar las acciones llevadas a cabo, a fin de implementar las propuestas contenidas en las conclusiones del informe del grupo de expertos.

María de la Luz Estrada dijo que todos estos pasos se llevarán más de seis meses, pero además agrega que no están contemplados los derechos de las organizaciones peticionarias, como lo marca la LGAMVLV, ya que a estas agrupaciones no se les mantendrá informadas sobre lo que ocurre y sólo se les notificará si la solicitud es desechada.

Por ello y ante la ineficacia de esta nueva norma que entrará en vigor este 26 de noviembre, el OCNF ya analiza la posibilidad de un amparo por considerar que este es nuevo “vía crucis” para las organizaciones defensoras de los derechos femeninos, y por considerar que con los cambios no se combate la violencia de género.

A propósito, cabe decir que hoy el Grupo de Mujeres de San Cristóbal las Casas presentó una solicitud de AVG para Chiapas al argumentar que en 2010 se registraron 22 asesinatos de mujeres, en 2012 el número ascendió a 97, y de enero a octubre de este año van 49 casos de feminicidio.

La activista lamentó que el nuevo reglamento enrede el procedimiento, lo alargue y no dé certeza de la transparencia, porque lo único que busca la sociedad civil es que las autoridades lleven a cabo las acciones necesarias para ir erradicando una problemática presente en todo el país.

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