INFORMAN SOBRE LEY DE JUBILACIӓN DEL ISSSTE A TRABAJADORES DEL IZEA

Zacatecas, Zac.- La Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) ofreció un curso informativo a los trabajadores de base y confianza del Instituto Zacatecano de Educación para Adultos (IZEA), con el objetivo de dar a conocer los derechos que tienen en la institución en su seguridad social para pensionarse.

La licenciada Blanca Rosa Gutiérrez Romero, a través del área de Atención a Dependencias y Entidades Afiliadas al ISSSTE, señaló que es importante conocer los derechos de pensiones que cada trabajador tiene en la institución, los años de trabajo necesarios para jubilarse y la edad mí­nima para hacerlo, ya que por falta de información muchas veces no se tiene una planeación correcta en los centros laborales.

Explicó que los derechos como afiliados al instituto se basan en un sistema de pensiones según la Ley, que son 28 años como mí­nimo en las mujeres y 30 en los hombres, derivándose varios modos para cesantí­a de trabajo a manera de jubilación.

Estos modos son la Pensión por Cesantí­a de Edad Avanzada, la cual se aplica a personas adultas que no pueden cumplir satisfactoriamente con el trabajo, tanto por su edad avanzada como por enfermedades; la Pensión por Causa de Muerte, la cual se otorga a los cónyuges de un trabajador fallecido, aunque no haya matrimonio de por medio, sino que estén en concubinato siempre y cuando existan testigos de esta unión.

También aplica la Pensión por Invalidez, que es cuando un trabajador se accidenta o queda paralí­tico por causas de trabajo, por lo que queda protegido con esta pensión, de acuerdo al salario, y finalmente, se tienen las Pensiones del capí­tulo Décimo Transitorio de la Ley de Jubilación, que habla sobre los procesos normales que cada trabajador tiene que seguir para cumplir con los requisitos obligatorios.

En este contexto, la licenciada Gutiérrez Romero habló sobre el Fondo de Retiros para Pensiones para aquellos trabajadores que no cumplen con los requisitos antes mencionados; por ello señaló que en ocasiones sólo se tienen enfermedades de trabajo o una enfermedad que tiene como consecuencia la alteración de la salud y que presenta un riesgo de trabajo, el cual debe ser evaluado por los expertos del ISSSTE, para lo que las dependencias y entidades laborales deben solicitar una calificación del probable riesgo de trabajo.

En este tema de la enfermedad, sólo el médico tratante es quien puede detectar la pérdida definitiva de la capacidad para trabajar y definir la jubilación, por lo que se lleva un expediente clí­nico, con estudios de laboratorio y se toman en cuenta las principales patologí­as que motivan el estado de invalidez, así­ como los accidentes laborales que imposibilitan al derechohabiente a permanecer en su centro de trabajo.

Por último, la licenciada Blanca Rosa Gutiérrez acompañada por expertos en la Ley de Jubilación, invitó a quienes se desempeñan laboralmente en el IZEA a revisar cuidadosamente su situación, a regularizar documentación y acercarse al ISSSTE para tener la certeza de no tener inconvenientes a la hora de solicitar este derecho.

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